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Biografías y Evocaciones - Banco de Reservas

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M. J. TRONCOSO DE LA CONCHA | NARRACIONES DOMINICANAS<br />

El caso <strong>de</strong> Martín García fue visto por el obispo don Alonso Manso, inquisidor apostólico<br />

para la isla Española y la <strong>de</strong> San Juan.<br />

La sentencia no se hizo esperar. Se le con<strong>de</strong>nó a salir en penitencia pública, en una<br />

procesión, con una mordaza en la lengua, los pies <strong>de</strong>scalzos y en las manos una vela<br />

encendida. Item más: a no po<strong>de</strong>r entrar en la ciudad <strong>de</strong> Azua por dos meses más. A este<br />

item había que agregar, otrosí, el <strong>de</strong> las incapacida<strong>de</strong>s e inhabilitaciones aparejadas por<br />

pena infamante, tanto para po<strong>de</strong>r servir dignamente al rey, como para oficios en general<br />

en los cuales se requiriese la condición <strong>de</strong> ser la <strong>de</strong>signada una persona sin mancilla.<br />

Diósele a la sentencia <strong>de</strong>l inquisidor el <strong>de</strong>bido cumplimiento.<br />

<br />

Si antes <strong>de</strong> su con<strong>de</strong>nación la generalidad <strong>de</strong>l pueblo veía en García un réprobo peligroso,<br />

no hay que <strong>de</strong>cir cómo se le enrareció el ambiente <strong>de</strong> ahí en lo a<strong>de</strong>lante. Su misma<br />

servidumbre, salvo naturalmente la <strong>de</strong> condición esclava, sobre la cual su autoridad no se<br />

había mermado, experimentaba la molestia <strong>de</strong> quien tiene cerca <strong>de</strong> sí a un animal infecto.<br />

No obstante no envolver excomunión el castigo que la Inquisición le había impuesto, para<br />

mucha gente él era un excomulgado. Transcurridos los dos meses <strong>de</strong> la interdicción <strong>de</strong><br />

entrar en Azua, fue al pueblo. Entre compungido y sonriente habló o saludó a los amigos<br />

y conocidos a quienes encontró en su camino. Éstos, para correspon<strong>de</strong>rle, se limitaban a<br />

mascullar unas palabras o sencillamente la contestación <strong>de</strong> un saludo. Otros que le veían<br />

<strong>de</strong> lejos exclamaban, mientras por lo bajo hacían con el pulgar y el índice la señal <strong>de</strong> la cruz:<br />

¡abrenuntio!<br />

En esa situación, que le llenaba <strong>de</strong> preocupación y ansiedad, Martín García se trasladó<br />

a la capital. Consultó con letrados, así como con personas en quienes presumía caudal <strong>de</strong><br />

experiencia. Entre todos fueron examinando el caso. Los letrados buscaron con ahínco la<br />

parte vulnerable <strong>de</strong> la sentencia que diera margen a una acción <strong>de</strong> la cual sacase alguna<br />

ventaja el con<strong>de</strong>nado; algo, por lo menos, que aliviase o contribuyese a aliviar la triste suerte<br />

que éste sufría.<br />

Al fin se encontró un medio: que Martín se dirigiera al rey e impetrara <strong>de</strong> su majestad<br />

el levantamiento <strong>de</strong> las con<strong>de</strong>naciones <strong>de</strong>rivadas <strong>de</strong>l fallo principal <strong>de</strong>l Tribunal <strong>de</strong> la Santa<br />

Inquisición en lo tocante a estarle vedado el ejercicio <strong>de</strong> oficios públicos y <strong>de</strong> honra en el<br />

reino.<br />

Transcurrió bastante tiempo, tanto como el que se requería para que la nave portadora<br />

<strong>de</strong> la petición <strong>de</strong> gracia hiciese el viaje <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la Española hasta España, el expediente fuera<br />

sometido al dictamen <strong>de</strong> letrados e inquisidores y el monarca quedase bien edificado acerca<br />

<strong>de</strong>l punto que se sometía a su soberana <strong>de</strong>cisión.<br />

Al cabo una real cédula <strong>de</strong> la cesárea majestad <strong>de</strong> Carlos V, proveyendo el caso, llegó.<br />

Expedida en Toledo, el 7 <strong>de</strong> julio <strong>de</strong> 1529, según aparece copiada en el Estudio Histórico, <strong>de</strong><br />

J. T. Medina, De la Primitiva Inquisición Americana, Santiago <strong>de</strong> Chile, 1914, reproducida en<br />

el Boletín Histórico <strong>de</strong> Puerto Rico, <strong>de</strong>cía:<br />

“Por cuanto por parte <strong>de</strong> vos, Martín García, vecino <strong>de</strong> la villa <strong>de</strong> Azua, ques en la ysla<br />

Española, me fue hecha relación que por mandado y sentencia <strong>de</strong>l reverendo en Christo<br />

padre D. Alonso Manso, obispo <strong>de</strong> la ysla <strong>de</strong> Sant Joan, como Inquisidor apostólico en la<br />

dicha su diócesis, por algunas cabsas fuisteis con<strong>de</strong>nado a que saliese<strong>de</strong>s en penitencia<br />

publica en una procesión con una mordaza en la lengua y <strong>de</strong>scalzo, con una can<strong>de</strong>la en<br />

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