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Crítica y Arte. Filosofía - Banco de Reservas

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EMILIO RODRígUEz DEMORIzI | MúSICA y bAILE EN SANtO DOMINgO<br />

Saber bailar fue siempre cosa celebrada. Unas pintorescas ensaladillas dominicanas <strong>de</strong><br />

principios <strong>de</strong>l siglo pasado hablan <strong>de</strong> dos gran<strong>de</strong>s bailadores <strong>de</strong> la época:<br />

Nadie le gana en bailar<br />

a Martínez, el francés…<br />

qué bien que sabe bailar<br />

el pitírico Negrete…<br />

y <strong>de</strong> un mozalbete <strong>de</strong> aquellos años <strong>de</strong>cía el costumbrista Luis Arturo bermú<strong>de</strong>z, en<br />

1895, que “con el mismo estilo que bailaba un Zapateo mandaba un Carabiné”.<br />

En la mejor sociedad se estilaba entonces celebrar bailes a escote, como lo recuerda don<br />

José Cruz Limardo en las páginas <strong>de</strong> sus Memorias <strong>de</strong>dicadas a Santiago <strong>de</strong> los Caballeros,<br />

don<strong>de</strong> vivió hacia 1815. “La gente, dice, es <strong>de</strong>spierta, comunicativa y sumamente sociable.<br />

A poco que estuve allí se me convidó para un escote, para un baile, y observé que era esta<br />

una costumbre en la juventud. Cada domingo se hacía un baile a escote y el encargado <strong>de</strong><br />

él pasaba el lunes con la cuenta <strong>de</strong> gastos, que siempre eran cortos, a cada uno <strong>de</strong> los suscritores.<br />

Alcanzaba a lo más a un fuerte”.<br />

El Tío Perete, mozo en tiempos <strong>de</strong> la España boba y ya anciano en 1886, <strong>de</strong>cía <strong>de</strong> su tiempo,<br />

según recuerda Nemófilo en el periódico El Teléfono, en una <strong>de</strong> sus ediciones <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong><br />

1889, que los bailes <strong>de</strong> su época eran mo<strong>de</strong>los <strong>de</strong> mo<strong>de</strong>ración y <strong>de</strong> buen gusto:<br />

la mujer podía lucir su gentil y esbelto talle, sus contornos estéticos, su diminuto pie en el majestuoso<br />

minuet, en la difícil y agraciada contradanza. No se conocían las voluptuosas y pecaminosas<br />

danzas que es lo único que se baila hoy <strong>de</strong>s<strong>de</strong> que se comienza la fiesta hasta que termina. Ya<br />

se ve que no existen maestros <strong>de</strong> bailes como en mis primeros juveniles años.*<br />

también se abusaba entonces <strong>de</strong> la danza, a tal punto que fue necesario disponer medidas<br />

como el artículo 24 <strong>de</strong>l Bando <strong>de</strong> buen gobierno dictado por el Ayuntamiento <strong>de</strong> Santo<br />

Domingo en 1820, concebido <strong>de</strong> esta suerte:<br />

Sin licencia <strong>de</strong> los Alcal<strong>de</strong>s por escrito no habrá bailes <strong>de</strong> noche en las calles ni plazas públicas,<br />

para lo que siempre se negará y sólo se permitirán en las casas <strong>de</strong> particulares las vísperas <strong>de</strong><br />

días festivos, en las pascuas o por razón <strong>de</strong> alguna fiesta <strong>de</strong>l uso y costumbre <strong>de</strong>l pueblo. La licencia<br />

<strong>de</strong> los Alcal<strong>de</strong>s por escrito se presentará al Alcal<strong>de</strong> <strong>de</strong> barrio para que no consienta que los<br />

bailes duren hasta más <strong>de</strong> la una <strong>de</strong> la noche y hará responsable <strong>de</strong>l buen or<strong>de</strong>n y tranquilidad<br />

al vecino que mantuviere la diversión en su casa, bajo la pena <strong>de</strong> cuatro pesos <strong>de</strong> multa por cada<br />

vez a los contraventores aplicados a pobres <strong>de</strong> San Lázaro y <strong>de</strong> la cárcel…<br />

Esas prohibiciones fueron reproduciéndose en leyes posteriores. El Bando <strong>de</strong> Policía <strong>de</strong><br />

1845 prohibía hacer bailes y otras diversiones profanas con pretexto <strong>de</strong> fiestas <strong>de</strong> cruz, y<br />

“cuando haya un enfermo en la inmediación”. también la Iglesia tenía sus disposiciones al<br />

respecto. El Sínodo dominicano <strong>de</strong> 1878 prohibía a los or<strong>de</strong>nados in sacris asistir a bodas y<br />

otras reuniones en que “hay regularmente bailes, canciones amatorias y juegos que <strong>de</strong>sdicen<br />

<strong>de</strong> la gravedad eclesiástica”. y en sus artículos 313 y 317 contenía las siguientes disposiciones<br />

que hoy no tendrían mayor eficacia:<br />

En particular con<strong>de</strong>namos, proscribimos y anatematizamos los criminosos y <strong>de</strong>testables bailes<br />

que llaman <strong>de</strong> empresa, bajo pena <strong>de</strong> excomunión mayor.<br />

*A mediados <strong>de</strong>l siglo XVI andaban por Castilla “maestros <strong>de</strong> enseñar a bailar y danzar”. Bailar y danzar eran,<br />

antiguamente, voces correlativas, pero no voces sinónimas como lo son hoy.<br />

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