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universidad de salamanca tesis doctoral —inmigraciìn y escuela ...

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Parte I: Fundamentación teórica y estado <strong>de</strong> la cuestión<br />

voluntad, tácita o explícita, <strong>de</strong> asimilarlos cuanto antes mejor, en otras palabras, <strong>de</strong><br />

procurar que disuelvan su i<strong>de</strong>ntidad y <strong>de</strong>saparezcan como un cuerpo extraño. El reparto<br />

en Cataluña aparece como la solución a los problemas que genera la concentración<br />

resultante <strong>de</strong> una guetización resi<strong>de</strong>ncial o construida artificialmente."<br />

Otras razones que llevan a la concentración <strong>de</strong> alumnado extranjero<br />

tienen que ver con situaciones socioeconómicas. El colectivo inmigrante, los<br />

padres <strong>de</strong> estos chicos y chicas, se concentran en zonas con gran <strong>de</strong>manda<br />

laboral, como pue<strong>de</strong> ser la recolección <strong>de</strong> fresa en Huelva, brócoli en las<br />

huertas <strong>de</strong> Murcia o el servicio doméstico en Madrid, Cataluña y zonas importantes<br />

turísticas como Canarias.<br />

También, la concentración es consecuencia <strong>de</strong> causas socio<strong>de</strong>mográficas.<br />

O sea, el sector <strong>de</strong> este alumnado, se agrupa en las zonas más jóvenes<br />

<strong>de</strong> la pirámi<strong>de</strong> <strong>de</strong> eda<strong>de</strong>s poblacional. Se <strong>de</strong>rivan otras razones que interactúan<br />

con esta: el coste <strong>de</strong> oportunidad que tiene el cursar estudios no obligatorios<br />

es muy alto para este alumnado, pues proce<strong>de</strong>n <strong>de</strong> ambientes socioeconómicos<br />

mo<strong>de</strong>stos; a esto se aña<strong>de</strong> la falta <strong>de</strong> becas que compensen<br />

esta realidad. Por este motivo, muchos <strong>de</strong> ellos prefieren trabajar. De igual<br />

forma, pue<strong>de</strong>n darse razones <strong>de</strong> tipo cultural, como el <strong>de</strong> algunas mujeres,<br />

en concreto <strong>de</strong> Marruecos, que por su escasa presencia en la vida pública,<br />

no quieran continuar sus estudios, como lo puedan hacer los varones.<br />

Finalmente, pue<strong>de</strong> darse la concentración <strong>de</strong> alumnos inmigrantes en<br />

función <strong>de</strong> los recursos con que cuenten los centros. Así, las Comisiones <strong>de</strong><br />

Escolarización, encargadas <strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong> admisión <strong>de</strong> alumnos, pue<strong>de</strong>n<br />

ten<strong>de</strong>r a agrupar a este alumnado en <strong>de</strong>terminados centros, dado que se<br />

necesita <strong>de</strong> un número <strong>de</strong>terminado <strong>de</strong> alumnos en situación compensatoria,<br />

para que se les asignen los recursos humanos y materiales necesarios.<br />

Por este motivo, en ocasiones los padres inmigrantes, elegirán un <strong>de</strong>terminado<br />

centro. Luego pue<strong>de</strong> darse que el alumno vaya al recurso y no el recurso<br />

al alumno.<br />

Hay más situaciones: una gran parte <strong>de</strong> estos colectivos <strong>de</strong> inmigrantes,<br />

entre ellos latinoamericanos, africanos y asiáticos, están en niveles socioeconómicos<br />

bajos y se ven abocados a vivir en barrios más relegados. Lo<br />

que conlleva que los centros, normalmente públicos, situados en esas zonas<br />

concentren un mayor número <strong>de</strong> alumnado inmigrante.<br />

En consecuencia, los padres <strong>de</strong>l alumnado autóctono, a veces, tien<strong>de</strong>n<br />

a retirar a sus hijos <strong>de</strong> aquellos centros que han sido catalogados como “colegios<br />

<strong>de</strong> inmigrantes” por su importante incremento y nivel <strong>de</strong> concentración.<br />

Existe una normativa explícita, que está en línea con la Constitución,<br />

para no discriminar educativamente a ninguna persona en edad escolar: la<br />

Ley Orgánica 9/1995, <strong>de</strong> la Participación, Evaluación y Gobierno <strong>de</strong> los centros<br />

educativos (LOPEGCE) 78 ; el Real Decreto 299/1996, que regula las ac-<br />

78 LOPEGCE. Disposición Adicional 2ª: “1. Las Administraciones educativas garantizarán<br />

la escolarización <strong>de</strong> alumnos con necesida<strong>de</strong>s educativas especiales en los centros sostenidos<br />

con fondos públicos, manteniendo en todo caso una distribución equilibrada <strong>de</strong> los<br />

alumnos consi<strong>de</strong>rando su número y sus especiales circunstancias <strong>de</strong> manera que se <strong>de</strong>sarrolle<br />

eficazmente la i<strong>de</strong>a integradora. A estos efectos se entien<strong>de</strong> por alumnos con necesida<strong>de</strong>s<br />

educativas específicas aquellos que requieran <strong>de</strong>terminados apoyos y atenciones educativas<br />

específicas por pa<strong>de</strong>cer discapacida<strong>de</strong>s físicas, psíquicas o sensoriales, por manifestar tras-<br />

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