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Bolívar: El Hombre de América - Academia Nacional de Medicina

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<strong>El</strong> panorama jurídico y político <strong>de</strong> <strong>Bolívar</strong> en este <strong>de</strong>bate, como el que libró con Morillo hasta<br />

provocar el armisticio <strong>de</strong> Trujillo, es sorpren<strong>de</strong>nte. Vale la pena transcribir la siguiente cita,<br />

advirtiendo que toda la subraya son suyas:<br />

"Olmedo en el capítulo 15 tomo 2 <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho público <strong>de</strong> la guerra (recapitulando los tratados y<br />

prácticas <strong>de</strong>l Europa) dice: "Que aunque las naciones neutrales tienen <strong>de</strong>recho para exigir el<br />

comercio libre en cosas que no son <strong>de</strong> contrabando, hay ciertos casos en que <strong>de</strong> ningún modo les<br />

es permitida esta facultad: por ejemplo, en el sitio <strong>de</strong> alguna plaza especialmente cuando está<br />

cercada por hambre en cuyo caso ninguna nación pue<strong>de</strong> socorrer con viveres a los sitiados bajo la<br />

pena <strong>de</strong> per<strong>de</strong>rlos, y aún ser castigados gravemente los infractores; pues <strong>de</strong> otro modo sería inútil la<br />

guerra, habiendo quien pudiese estorbar los progresos <strong>de</strong> ella". Esta doctrina universal y antiquísima<br />

está confirmada por el artículo 33 <strong>de</strong> las Or<strong>de</strong>nanzas <strong>de</strong> corso españolas, concebidas en estos<br />

términos: "Serán siempre buena presa todos los géneros prohibidos y <strong>de</strong> contrabando que se<br />

transporten para el servicio <strong>de</strong> enemigos en cualquiera embarcaciones que se encuentran", y luego<br />

continúa: "También se consi<strong>de</strong>ran como géneros prohibidos y <strong>de</strong> contrabando todos los comestibles<br />

<strong>de</strong> cualquier especie que sean en caso <strong>de</strong> ir <strong>de</strong>stinados para plaza enemiga bloqueada por mar o<br />

tierra; pero no estandolo se <strong>de</strong>jaran conducir libremente a su <strong>de</strong>stino, siempre que los enemigos <strong>de</strong><br />

mi corona observen por su parte la misma conducta" 287 .<br />

<strong>El</strong> editor aclara que aquí "Se entien<strong>de</strong>n por contrabando toda especie <strong>de</strong> armas, municiones y<br />

equipamientos militares para hacer la guerra en mar o en tierra" 288 .<br />

Complementando su cita el Libertador agrega: "Esta es la regla que se observa en los juicios <strong>de</strong><br />

presas por los tribunales españoles: es la que han seguido en todos los tiempos, y si ha sufrido<br />

algunas alteraciones es más bien extendiendo su <strong>de</strong>recho contra los neutros. Tal ha sido su conducta<br />

<strong>de</strong>l bloqueo <strong>de</strong> Cartagena <strong>de</strong> que he hablado a V.S. en otra ocasión" 289 .<br />

<strong>Bolívar</strong> no <strong>de</strong>ja sin respuesta ninguno <strong>de</strong> los alegatos <strong>de</strong> los contrarios, tal como se ve en su escrito<br />

a Irvine y Lamson: "Creyendo sin ninguna relación con el <strong>de</strong>recho, que discutimos, el hecho <strong>de</strong> que<br />

V.S. se queja contra el almirante, por haber expuesto a venta la goleta Libertad antes <strong>de</strong> ser<br />

con<strong>de</strong>nada, omito las consi<strong>de</strong>raciones que puedo presentar para excusarlo, ya que no sea para<br />

justificarlo. Son hechos particulares que no dañan el asunto principal, sino en el modo" 290 .<br />

(Subrayé).<br />

En su nota <strong>de</strong>l 6 <strong>de</strong> septiembre y comentando esta situación relacionada con las goletas apresadas, el<br />

Libertador apunta: "La simple conversión <strong>de</strong> los buques en nacionales podría llamarse apropiación<br />

si hubiese sido contra la voluntad <strong>de</strong> los que hacían veces <strong>de</strong> dueños, y sino hubiesen preferido<br />

proposiciones aceptadas en que el gobierno se comprometía a la satisfacción <strong>de</strong> los perjuicios, que<br />

recibiesen, caso <strong>de</strong> ser apresados o <strong>de</strong>teriorados en aquel servicio y que resultasen absueltos" 291 .<br />

(Subrayas <strong>de</strong> <strong>Bolívar</strong>).<br />

<strong>Bolívar</strong> indica al representante norteamericano que " En el año <strong>de</strong> 1814 hemos apresado buques<br />

neutrales que estaban empleados en transportar tropas enemigas contra nosotros con la ban<strong>de</strong>ra<br />

287 Ibi<strong>de</strong>m.<br />

288 BOLIVAR, Simón. Obras completas. Compilación y notas <strong>de</strong> Vicente Lecuna con la colaboración <strong>de</strong> la<br />

señorita Esther Barret <strong>de</strong> Nazario. Edición <strong>de</strong> 5 tomos. Segunda edición. Bogotá, 1979. T.I., p. 329.<br />

289 BOLIVAR, Simón. Al señor B. Urbina, agente <strong>de</strong> los Estados Unidos <strong>de</strong> la <strong>América</strong> <strong>de</strong>l Norte, cerca <strong>de</strong>l<br />

gobierno <strong>de</strong> Venezuela. Angostura, 24 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> 1818.<br />

290 Ibi<strong>de</strong>m.<br />

291 BOLIVAR, Simón. Al señor B. Irving…, Angostura, 6 <strong>de</strong> septiembre <strong>de</strong> 1818.

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