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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

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El aborto ilegal constituye una violación del derecho a la igualdad en el acceso a<br />

servicios de salud.<br />

Los derechos de las mujeres de bajos ingresos son vulnerados en mayor medida<br />

con la penalización del aborto, lo que constituye discriminación por condición<br />

socio – económica.<br />

El aborto ilegal afecta particularmente los derechos de las mujeres jóvenes y<br />

niñas, violando su derecho a no ser discriminadas por razones de edad.<br />

El artículo 122 del Código Penal viola el derecho a la vida por su claro vínculo<br />

con las altas tasas de mortalidad materna. Los diferentes comités han señalado<br />

que el derecho a decidir el número de hijos está directamente relacionado con el<br />

derecho a la vida de la mujer cuando existen legislaciones prohibitivas o<br />

altamente restrictivas en materia de aborto, que general altas tasas de mortalidad<br />

materna.<br />

Las obligaciones positivas de protección a la vida, de acuerdo al derecho<br />

internacional de los derechos humanos, implican tomar medidas para evitar que<br />

las mujeres que mueran por causa de abortos ilegales.<br />

Con base en los argumentos mencionados con anterioridad, la demandante<br />

solicita:<br />

Primero: Que se declare la inexequibilidad del artículo 122 de la ley 599 de<br />

2000. La penalización del aborto tal y como está contemplada en el Código<br />

Penal vulnera los principios fundamentales de libertad, autonomía y<br />

proporcionalidad de la Constitución Política.<br />

Segundo: Que se declare la inexequibilidad del texto subrayado del artículo 123<br />

del Código Penal (… de la mujer de catorce años…) de la ley 599 de 2000. El<br />

derecho a la libre maternidad derivado de los principios de libertad y autonomía<br />

de la Constitución de 1991 no pueden negarse a las mujeres menores de catorce<br />

años.<br />

Tercero: Que se declare la inexequibilidad del artículo 124 de la ley 599 de<br />

2000. <strong>No</strong> es suficiente la disminución de la pena o la posibilidad de no castigar<br />

con prisión los casos de violencia sexual. La sola iniciación de un proceso<br />

penal, aunque existan argumentos de defensa fuertes, vulnera la dignidad, la<br />

libertad y la autonomía de las mujeres embarazadas como consecuencia de una<br />

violación.<br />

Cuarto: Que se declare la inexequibilidad del numeral 7 del artículo 32 del<br />

Código Penal. El cargo en contra de ésta norma se fundamenta en la violación a

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