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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

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Irlanda<br />

Polonia<br />

Portugal<br />

Vida de la madre Salud mental de Salud la física de Malformación la del feto Violación Razones o socioeconómicas<br />

Particularidades<br />

madre madre<br />

incesto<br />

son refugiadas o están solicitando dicho estatus o si bajo las normas<br />

internacionales no pueden ser expulsadas del territorio.<br />

Siempre debe mediar el consentimiento de la mujer.<br />

Cuando el embarazo sea el resultado de fallas de cualquier método<br />

anticonceptivo usado por una mujer casada o por su marido con el<br />

sito de limitar el número de hijos se entenderá que la angustia<br />

causada por ese embarazo no deseado es un daño severo a la salud mental<br />

de la mujer embarazada.<br />

Trámite para todos los casos:<br />

a) Los abortos deben realizarse en establecimientos autorizados;<br />

b) Deber de información y consejería;<br />

c) Certificación de consentimiento y consejería;<br />

d) Periodo de espera de siete días, salvo en casos de urgencia;<br />

e) Consentimiento de padres/representante legal/corte para menores.<br />

Es posible viajar a otro estado donde el aborto sea legal cuando la<br />

continuación del embarazo presente un riesgo real y sustancial a la vida de<br />

la mujer.<br />

Todas las razones deben ser justificadas por dos médicos. La que se refiere<br />

a violación debe ser confirmada por autoridad pública competente. (Hay<br />

motivos serios para creer que fue violada.)<br />

Trámite para todos los casos:<br />

a) Certificación médica de las circunstancias<br />

b)Periodo de reflexión de 3 días<br />

c) consentimiento escrito de la mujer (o del representante legal en caso de<br />

ser menor de 16 o incapaz)<br />

444 La ley no ha regulado la excepción fijada por la Corte Suprema de Justicia.<br />

445 Se entiende por malformación un defecto serio e irremediable en el feto.

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