11.04.2015 Views

Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

propuesto en el 2002 con el propósito de cerrar completamente la puerta al<br />

aborto, en contra de la sentencia de la Corte Suprema de Irlanda, sin embargo<br />

éste no fue aprobado por un marge muy pequeño (cerca de 10.000 votos).<br />

10. Polonia<br />

La Corte Constitucional polonesa se pronunció en 1996 sobre el aborto. La<br />

decisión revisó la constitucionalidad de algunas disposiciones de la reforma de<br />

1996 a la Ley de Planeación Familiar, Protección de Fetos Humanos y<br />

Condiciones bajo las cuales se puede Interrumpir el Embarazo 330 . La ley fue<br />

deben defender y reconocer ese derecho. Esta subsección no limitará la libertad de viajar de un Estado<br />

a otro. Esta subsección no limitará la libertad para obtener o hacer posible obtener en el Estado, sujeto<br />

a las condiciones que pueden ser establecidas mediante ley, la información relacionada con servicios<br />

legales disponibles en otro Estado.” Texto original “Article 40 Personal Rights .(3.3) The State<br />

acknowledges the right to life of the unborn and, with due regard to the equal right to life of the<br />

mother, guarantees in its laws to respect, and, as far as practicable, by its laws to defend and vindicate<br />

that right. This subsection shall not limit freedom to travel between the State and another state. This<br />

subsection shall not limit freedom to obtain or make available, in the State, subject to such conditions<br />

as may be laid down by law, information relating to services lawfully available in another state.”<br />

330 Ley de Planeación Familiar, Protección de Fetos Humanos y Condiciones bajo las cuales se puede<br />

Interrumpir el Embarazo. Traducción libre: “1. Articulo 4a 1: la interrupción del embarazo puede ser<br />

realizada por un médico cuando:<br />

1. El embarazo pone en peligro la vida o salud de la mujer embarazada;<br />

2. Exámenes pre-natales u otras condiciones médicas indican una alta probabilidad de una<br />

discapacidad severa e irreparable del feto o de una enfermedad incurable que amenace su vida;<br />

3. Existan bases para sospechar que el embarazo es el resultado de un acto ilegal.<br />

4. La mujer embarazada tiene condiciones difíciles de vida o una situación personal difícil.<br />

2. Artículo 4a2: en los casos especificados en el párrafo 1.2., la terminación del embarazo es posible,<br />

hasta que el feto sea capaz de vivir independientemente por fuera del organismo de la mujer<br />

embarazada; en los casos especificados en los párrafos 1.1, 1.3. o 1.4. si no han pasado más de doce<br />

semanas desde el comienzo del embarazo.<br />

3. Para la terminación del embarazo se requiere el consentimiento escrito de la mujer. En el caso de<br />

un menor o una mujer incapacitada se requiere el consentimiento de su representante legal. Si la<br />

menor es mayor de 13 años su consentimiento escrito también es requerido. Si la mujer es menor de<br />

13 años se requiere el consentimiento de la Corte de Guardianes y la menor tiene el derecho de<br />

expresar su opinión. En el caso de que la mujer sea totalmente incapaz su consentimiento escrito<br />

también se requiere, a menos que su estado mental la haga incapaz de expresarlo. Si no se tiene el<br />

consentimiento de su representante legal se requiere el consentimiento de la Corte de Guardianes.<br />

4. Artículo 4a. 7: el objetivo de la consejería mencionada en el párrafo 6, es particularmente<br />

determinar la situación de salud y vida de la mujer; ayudarla a resolver sus problemas al indicarle que<br />

existe ayuda para la mujer en relación con su embarazo y el tiempo posterior al parto; informar a la<br />

mujer de la protección legal a la vida en la etapa pre natal, sobre aspectos médicos del embarazo y la<br />

terminación del embarazo, así como sobre métodos y medios anticonceptivos. Previa aceptación de la<br />

mujer su pareja, familia o cualquier otra persona cercana puede participar de la consejería.<br />

5. Artículo 4a. 6: En el caso discutido en el párrafo 1.4, la mujer debe presentar una declaración<br />

escrita que además certifique que ha consultado un médico del sistema de cuidado de salud básica,<br />

diferente al que realizará la intervención, o que ha consultado a otra persona calificada de su<br />

escogencia. El embarazo puede ser terminado si tres días después de la consulta la mujer todavía<br />

mantiene su intención de abortar.<br />

6. Los individuos cubiertos por el seguro social o que tengan derecho a cuidado de salud gratis bajo<br />

otras normas tienen el derecho a la terminación del embarazo sin costo alguno en una institución<br />

pública de cuidado de salud.” El texto original traducido al inlgés dice: “1. Article 4a.1: Pregnancy<br />

termination can be performed only by a doctor, when:<br />

1. the pregnancy imperils the life or health of the pregnant woman,<br />

2. pre-natal examinations or other medical conditions indicate a high likelihood of a severe and<br />

irreparable handicap of the foetus or an incurable illness threatening its life,

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!