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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

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La primera decisión fue en 1975 y revisó la Quinta Ley de Reforma al Código<br />

Penal, expedida el 18 de junio de 1974 260 . La Ley regulaba el aborto dentro de un<br />

sistema de libertad en las primeras doce semanas de embarazo y agregaba<br />

indicadores que lo justificaban en etapas posteriores. El sistema de libertad durante<br />

el primer trimestre fue declarado inconstitucional. Sin embargo, el Tribunal<br />

Constitucional Federal admitió el aborto en condiciones excepcionales. La segunda<br />

decisión se dio en 1993 y revisó otra Ley de Reforma al Código Penal, de 1992 261 ,<br />

que había sido modificada por la ley sobre ayuda a la mujer embarazada y a la<br />

familia 262 . En esencia, a raíz de la modificación resultó un sistema mixto con un<br />

alto componente de libertad en el cual no se consideraba delito el aborto<br />

practicado dentro de los 14 días posteriores a la concepción, se dejaba a la<br />

decisión de la mujer embarazada la decisión de abortar en las primeras 12 semanas<br />

de embarazo después de una consejería y de dejar pasar un periodo de reflexión.<br />

Después de las 12 semanas operaba un sistema de indicadores. La norma fue<br />

declarada parcialmente inconstitucional en cuanto a la manera en que fue<br />

configurado el sistema de libertad, pero la Corte fijó parámetros aplicables al<br />

aborto por razones sociales en las primeras doce semanas. La tercera decisión es<br />

de 1998. En ella se revisó la “Ley de Ayuda a la Mujer Embarazada” en el Estado<br />

de Baviera. La decisión, aunque fundamentalmente versa sobre las restricciones al<br />

ejercicio de la medicina, aborda el tema del aborto. La norma es declarada<br />

inconstitucional por no guardar coherencia con los parámetros constitucionales que<br />

la anterior decisión del Tribunal había establecido.<br />

Para entender mejor el contexto de los fallos, primero se hará una breve alusión<br />

a la evolución legislativa del aborto en Alemania, y después se señalarán los<br />

parámetros establecidos en cada sentencia.<br />

A través de la Quinta Ley para la Reforma del Código Penal, del 18 de junio de<br />

1974, se modificó la regulación legal del aborto. Hasta ese momento, de manera<br />

general, se establecía que el aborto constituía un delito. Solamente se<br />

exceptuaban aquellas situaciones en que se justificaba el aborto por un estado de<br />

necesidad.<br />

En 1974 se expidió la “Quinta Ley de Reforma al Código Penal” 263 . La ley<br />

permitía el aborto por decisión libre de la mujer dentro de una limitación<br />

temporal de 12 semanas desde la concepción, después de consultar a un médico<br />

y a expertos sobre el apoyo público y privado brindado a las mujeres<br />

embarazadas. Igualmente, se permitía el aborto en caso de que el feto tuviera<br />

260 Tribunal Constitucional Federal BVerfGE 39,1. Febrero 25 de 1975. Se revisa el Artículo 218 del<br />

Código Penal. Schwangerschaftsabbruch. La sentencia contó con dos salvamentos de voto.<br />

261 La norma establecía un régimen de indicadores en donde era posible acceder a un aborto legal<br />

durante las primeras doce semanas por motivos de necesidad social.<br />

262 La modificicación estableció un sistema de libertad en las primeras doce semanas siempre que se<br />

cumpliera con una consejería previa y con un periodo de reflexión.<br />

263 La norma fue expedida con una votación de 247 a favor, 233 en contra y 9 abstenciones.

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