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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

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subyacen en la definición del estado de angustia o crisis severa que en algunos<br />

casos es explícita (Hungría) y en otros no lo es (Francia, Bélgica).<br />

5. Aborto lícito por motivos socioeconómicos<br />

En Alemania, Argentina, Chile, Irlanda, Brasil, España, Hungría, Polonia y<br />

Portugal no se contempla un indicador que justifique el aborto por motivos<br />

socioeconómicos, al igual que en India y Sudáfrica con la diferencia de que en<br />

estos dos últimos existe un sistema de libertad durante el primer trimestre de<br />

embarazo.<br />

En Italia se permite el aborto por motivos socioeconómicos con una limitación<br />

temporal de doce semanas. La norma establece la justificación del aborto<br />

cuando “la continuación del embarazo, el parto o la maternidad podrían poner<br />

en peligro seriamente su salud mental o física, de acuerdo a su estado de salud,<br />

sus circunstancias económicas, sociales o familiares, las circunstancias en que<br />

ocurrió la concepción, o la probabilidad de que el niño nazca con<br />

malformaciones o anormalidades.” 432 Una mujer que desee practicarse un<br />

aborto debe solicitarlo a una agencia de salud autorizada o a un médico de su<br />

escogencia. La agencia debe examinar las posibles soluciones al problema con<br />

la mujer y debe darle todo el apoyo para ayudarla a resolverlo. Si la solicitud se<br />

dirige a un médico, éste debe darle toda la información pertinente sobre sus<br />

derechos y sobre las facilidades derivadas de la seguridad social. Si la mujer<br />

continúa con su decisión de terminar el embarazo, el médico debe expedir un<br />

certificado firmado por él y por la mujer que contenga la solicitud de terminación<br />

del embarazo. La mujer debe cumplir con un periodo de reflexión de siete días<br />

después de los cuales, con el certificado, puede acercarse a una agencia médica<br />

autorizada para que le sea practicada la intervención. El periodo de reflexión<br />

puede ser obviado en casos de urgencia. Si la mujer es menor de 18 años, se<br />

debe tener el consentimiento de los padres, a menos que existan serias razones<br />

que hagan la autorización imposible. En dicho caso y si los padres se rehúsan a<br />

dar su consentimiento se puede solicitar al magistrado encargado de los asuntos<br />

de patria potestad.<br />

En Hungría es posible un aborto debido a una situación de “crisis severa”. La<br />

crisis severa se entiende como “un estado de “shock” físico o psicológico<br />

432 Ley 194 del 22 de mayo de 1978 sobre la protección social de la maternidad y la terminación<br />

voluntaria del embarazo (Gaceta oficial de la Republica Italiana, Parte I, mayo 2 de 1978, <strong>No</strong>. 140, p.<br />

3642-3646).<br />

4. Para practicarse una terminación del embarazo durante los primeros 90 días de embarazo, las<br />

mujeres deben estar en una situación en que la continuación del embarazo, el parto o la maternidad<br />

podrían poner en peligro seriamente su salud mental o física, de acuerdo a su estado de salud, sus<br />

circunstancias económicas, sociales o familiares, las circunstancias en que ocurrió la concepción, o la<br />

probabilidad de que el niño nazca con malformaciones o anormalidades, y deberán aplicar a un centro<br />

de consejería de los establecidos bajo el inciso a) de la sección 2 de la Ley 405 del 29 de Julio o a una<br />

agencia de servicios medico sociales autorizada en la región, o a un médico de su escogencia.

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