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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

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¿En que consiste cada una de las circunstancias señaladas arriba que permitirían<br />

la despenalización del aborto?<br />

(i) Por encontrarse en peligro la vida o la salud de la mujer, también denominado<br />

aborto terapéutico.<br />

Se podría argumentar, para esta circunstancia concreta, que en el ordenamiento<br />

penal la institución denominada estado de necesidad conduce a la ausencia de<br />

responsabilidad cuando se obre por la necesidad de proteger un derecho propio o<br />

ajeno de un peligro actual o inminente e inevitable de otra manera. Pero como lo<br />

ilustra la demandante, las exigencias para la procedencia de esta causal, tal como<br />

se ha entendido a lo largo de la historia de esta institución, resultan<br />

incongruentes con la situación de la madre en riesgo de su vida o salud y la vida<br />

de la criatura no nacida.<br />

Por ello, el propósito de insistir en la inconstitucionalidad de la conducta tiene<br />

como fundamento la inconformidad de la propuesta normativa que privilegia la<br />

vida en gestación sobre el derecho a la vida de la madre con el orden<br />

constitucional.<br />

Si el estado de necesidad en derecho penal se admite en casos no tan evidentes<br />

en materia probatoria, no se entiende cómo se somete a una madre, en<br />

circunstancias comprobadas y certificadas de riesgo a su vida o salud, a la<br />

amenaza de pena.<br />

Según los requisitos del estado de necesidad expuestos por el tratadista Reyes<br />

Echandía, estos se cumplen a satisfacción con el caso bajo estudio, y ameritan,<br />

ya no su tratamiento punitivo, sino su despenalización.<br />

(ii) En el caso de la sanción de la práctica del aborto cuando la mujer ha sido<br />

sometida a un acto de violación o de imposición de un embarazo contra su<br />

voluntad, la Defensoría considera que sancionara a la mujer, ocasiona una nueva<br />

ofensa a la ya sufrida, situación que se complica aún más con la imposición de un<br />

embarazo. Por ello, someter a un juicio a una mujer que a suspendido su embarazo<br />

fruto de una violación, le impone un menoscabo de su integridad de tal dimensión<br />

que desconoce los principios de vida digna e igualdad y se atenta de manera grave<br />

contra el derecho a no ser objeto de tratos crueles y degradantes y a no ser<br />

discriminado.<br />

(iii) En el caso de la discusión sobre la despenalización del aborto, es aquel que<br />

hace relación con malformaciones genéticas del feto en gestación que lo hagan<br />

incompatible con la vida extrauterina, considera la Defensoría que, a diferencia<br />

del aborto provocado como consecuencia de un embarazo forzado ocasionado<br />

por un acceso carnal violento, el aborto de niños con severas malformaciones no

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