11.04.2015 Views

Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

En Polonia se contempla la posibilidad de aborto por violación hasta el<br />

momento de la viabilidad del feto. Así, es posible realizar un aborto en un<br />

establecimiento de salud autorizado cuando “existan razones válidas,<br />

confirmadas por la declaración de un oficial del procurador, que sospeche que<br />

el embarazo es el resultado de un acto ilegal.” 423<br />

El Código Penal portugués establece que es posible realizar un aborto cuando<br />

“existan serios indicios de que el embarazo es el resultado de un crimen contra<br />

la libertad y la autodeterminación sexual” 424 , cuando no se hayan excedido las<br />

primeras doce semanas de embarazo. La interrupción del embarazo debe ser<br />

realizada por un médico en una institución médica autorizada, con el<br />

consentimiento escrito de la mujer, que debe ser suscrito mínimo tres días antes<br />

de la intervención, y las circunstancias que motivan el aborto deben ser<br />

certificadas por un médico.<br />

En India, donde hay un sistema de libertad en la etapa inicial de la gestación, la<br />

justificación de aborto por violación se encuentra asociada a un peligro para la<br />

Sección 6. (1) un aborto puede ser realizado hasta la 12 semana de embarazo si:<br />

a) se justifica debido a una causa que ponga en peligro seriamente la salud de la mujer;<br />

b) es médicamente probable que el feto sufra de una deficiencia seria o de cualquier otro daño;<br />

c) el embarazo es el resultado de un acto criminal;<br />

d) la mujer embarazada se encuentra en una situación de crisis seria.<br />

(2) Un aborto puede ser realizado hasta la semana 18 de embarazo sujeto a los criterios establecidos<br />

en el inciso 1 si la mujer embarazada:<br />

a) es incapaz o se encuentra incapacitada<br />

b) no se dio cuenta de que estaba embarazada antes debido a un error médico o debido a una causa<br />

médica por fuera de su responsabilidad, o si se excede el término temporal establecido en el inciso 1<br />

por un error de la institución médica o a una autoridad.<br />

Sección 12. inciso (6). Una situación de crisis seria se define como aquella que cause un “shock”<br />

físico o mental o una situación imposible en términos sociales y en consecuencia poniendo en peligro<br />

el desarrollo saludable del feto. La mujer embarazada verifica la existencia de una situación de crisis<br />

seria con la firma de la solicitud.<br />

El texto original de la sección 12 de la Ley para la Protección de la Vida Fetal es el siguiente:<br />

“SECTION 6 para. (1) Abortion may be procured until the 12th week of pregnancy if<br />

a) it is justified by a cause seriously endangering the pregnant woman’s health;<br />

b) it is medically probable that the foetus suffers from a serious deficiency or any other damage;<br />

c) the pregnancy is the result of a criminal act, and<br />

d) the pregnant woman is in a situation of serious crisis.<br />

(2) Abortion may be procured until the 18th week of pregnancy subject to the criteria specified in<br />

paragraph 1 if the pregnant woman<br />

a) is of restricted disposing capacity or is incapacitated;<br />

b) did not realise her pregnancy earlier due to a medical error or a health-related cause beyond<br />

her scope of responsibility, or if exceeding the period of pregnancy specified in paragraph 1 was<br />

caused by the default of a healthcare institution or an authority.”<br />

SECTION 12 para. (6) A situation of serious crisis is one which causes physical or mental breakdown<br />

or a subsequent impossible situation in social terms, thus endangering the healthy development of the<br />

foetus. The pregnant woman verifies the existence of the situation of serious crisis by signing the<br />

application form.”<br />

423 Ley del 7 de enero de 1993 sobre planeación familiar, protección de fetos humanos y las<br />

condiciones bajo las cuales es permisible la terminación del embarazo. El Código Penal reformado,<br />

secciones 149ª y 149b.<br />

424 Código Penal portugués. Artículo 142.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!