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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

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todos los niveles del sistema de salud. La introducción de métodos médicos,<br />

además de los quirúrgicos ampliarían el acceso<br />

g) Barreras<br />

Honorarios oficiales e informales u otros cargos reducen el acceso a los<br />

servicios, especialmente a mujeres pobres y adolescentes que no pueden<br />

costearlos<br />

Desarrollar e implementar esquemas que aseguren que las mujeres sin dinero<br />

puedan acceder a los servicios.<br />

Fundamentos lógicos<br />

La reducción de los honorarios amplia el acceso. Los costos de los subsidios se<br />

compensaran con el ahorro que implica la reducción de abortos no seguros y los<br />

costos del manejo de sus complicaciones<br />

Para eliminar esta barrera económica el aborto en los casos permitidos por la<br />

corte hace parte del plan obligatorio de salud (POS), a partir de esta sentencia.<br />

h) Barreras<br />

Los profesionales de la salud se niegan a atender abortos basándose en<br />

objeciones de conciencia, pero no derivan a la mujer a otro proveedor<br />

Acciones posibles<br />

Solicitar a cualquier profesional que alegue objeciones de conciencia que siga<br />

los estándares profesionales éticos<br />

Fundamentos lógicos<br />

Los estándares profesionales éticos generalmente requieren que el profesional de<br />

salud derive a la mujer a otro proveedor entrenado y dispuesto dentro del mismo<br />

centre o a otro de fácil acceso. Si la derivación no es posible y la vida de la<br />

mujer esta en juego, se debe requerir al profesional de la salud que realice el<br />

aborto, en cumplimiento de las leyes nacionales 202 .<br />

El suscrito Magistrado advierte que todas esas barreras no pueden ser<br />

establecidas por el legislador o la rama ejecutiva o la administración y si existen<br />

deben ser eliminadas.<br />

202 Todos los ejemplos de barreras son tomados del documento de la OMS aborto seguro, ginebra<br />

2003.

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