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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

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En cuanto a los pronunciamientos de los órganos cuasi- juridiccionales, en 1977<br />

la Comisión Europea de Derechos Humanos revisó el caso de Brüggemann and<br />

Scheuten contra la Republica Federal de Alemania 353 . Los demandantes alegaban<br />

que las reformas a las normas que sancionaban el aborto que imponían sanciones<br />

criminales vulneraban el artículo 8 de la Convención, el derecho al respeto de la<br />

vida privada y de familia. En la revisión de la norma, la Corte Constitucional<br />

Alemana, sostuvo que la vida del feto tiene prioridad sobre el derecho de la<br />

mujer a la autodeterminación. La Corte alemana encontró que un aborto podía<br />

ser realizado después de la consejería cuando la vida o salud de la mujer<br />

estuviera en peligro.<br />

La Comisión Europea de Derechos Humanos encontró que las reformas a la ley<br />

que criminalizaban el aborto en Alemania no interferían con el derecho al<br />

respeto de la vida privada garantizado por el artículo 8 de la Convención<br />

Europea de Derechos Humanos. La Corte no se pronunció sobre si el derecho a<br />

la vida garantizado por el artículo 2 aplicaba al no nacido y se limitó a<br />

pronunciarse sobre el artículo 8. Sin embargo estableció que el “artículo 8 no<br />

puede ser interpretado en el sentido de que el embarazo y su terminación son,<br />

en principio, una materia exclusiva de la vida privada de la madre” 354 .<br />

Igualmente, la Comisión advirtió que la norma en cuestión tomaba en<br />

consideración cuestiones de intimidad cuando reconocía las indicaciones<br />

medicas, eugenésicas y éticas.<br />

En 1980 la Comisión revisó, en Paton v. Reino Unido <strong>355</strong> , el caso en el que el<br />

esposo de una mujer embarazada trató de prevenir la terminación de su<br />

embarazo argumentando que el aborto violaría el derecho a la vida del feto en<br />

virtud del artículo 2 de la Convención. El demandante también argumentó la<br />

violación del artículo 25 de la Convención, como víctima del aborto de su hijo y<br />

del artículo 8 de la Convención, por violación al derecho a la familia. La<br />

Comisión estableció que el derecho a la vida del feto no tenía mayor valor que<br />

los intereses de la mujer ya que la palabra “todos” contenida en el artículo 2 de<br />

la Convención no al feto. La Comisión le dio prevalencia a los intereses de la<br />

mujer embarazada y estableció que si el artículo 2 también cobijaba los fetos el<br />

no failure on the part of the respondent State to comply with the requirements relating to the<br />

preservation of life in the public-health sphere. With regard to that issue, the Court has considered<br />

whether the legal protection afforded the applicant by France in respect of the loss of the unborn child<br />

she was carrying satisfied the procedural requirements inherent in Article 2 of the Convention.”<br />

353 Comisión Europea de Derechos Humanos. <strong>No</strong>. De aplicación: 6959/75 (1978) 10 D. & R. 100; 3<br />

E.H.R.R. 244<br />

354 Comisión Europea de Derechos Humanos. Brüggemann and Scheuten contra la<br />

Republica Federal de Alemania. Traducción libre. El texto original dice “Article<br />

8 (1) cannot be interpreted as meaning that pregnancy and its termination are, as a principle, solely a<br />

matter of the private life of the mother."<br />

<strong>355</strong> Comisión Europea de Derechos Humanos. <strong>No</strong> de aplicación: 8416/78

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