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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

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puede ser obviado en casos de urgencia. Si la mujer es menor de 18 años, se<br />

debe tener el consentimiento de los padres, a menos que existan serias razones<br />

que hagan la autorización imposible. En dicho caso y si los padres se rehúsan a<br />

dar su consentimiento se puede solicitar al magistrado encargado de los asuntos<br />

de patria potestad. 401<br />

401 Ley 194 del 22 de mayo de 1978 sobre la protección social de la maternidad y la terminación<br />

voluntaria del embarazo (Gaceta oficial de la Republica Italiana, Parte I, mayo 2 de 1978, <strong>No</strong>. 140, p.<br />

3642-3646)<br />

1. El Estado garantiza el derecho a una responsable planeación familiar, reconoce el valor social de la<br />

maternidad y deberá proteger la vida humana desde su principio.<br />

La terminación voluntaria del embarazo es regulada por esta ley y no deberá ser un método de<br />

anticoncepción.<br />

El Estado, las regiones y las autoridades locales, actuando de acuerdo a sus competencias, deberán<br />

promover y desarrollar servicios médicos y sociales y deberán tomar otras medidas necesarias para<br />

prevenir que el aborto sea utilizado como un método de anticoncepción.<br />

2. Los centros de consejería familiar establecidos mediante la Ley 405 del 29 de julio de 1975 deberán<br />

asistir a la mujer embarazada, de acuerdo a las disposiciones de esa Ley:<br />

a) informándola de sus derechos bajo la legislación estatal y regional además de los servicios sociales,<br />

de salud, y de asistencia que se encuentran disponibles en su área.<br />

b) informándola de formas apropiadas para aprovechar las disposiciones laborales diseñadas para<br />

proteger a la mujer embarazada;<br />

c) tomando medidas especiales o sugiriendo las medidas a la autoridad local competente o a las agencias<br />

de asistencia social del área, cuando el embarazo o la maternidad creen problemas que no puedan ser<br />

resueltos satisfactoriamente mediante las medidas normales bajo el inciso a);<br />

d) ayudándola a sobrellevar los factores que puedan llevar a la mujer a interrumpir su embarazo.<br />

De acuerdo a los objetivos de esta ley, los centros de consejería pueden usar la asistencia voluntaria, de<br />

acuerdo a la regulación o acuerdos pertinentes, de las organizaciones de asistencia social y las<br />

asociaciones voluntarias, que también pueden ayudar a las madres que se encuentran en dificultades<br />

después de que su hijo ha nacido.<br />

Pueden ser distribuidas a menores por agencias de salud y centros de consejería sin una prescripción<br />

médica las medidas necesarias para lograr libremente el objetivo de una paternidad/maternidad<br />

responsable.<br />

(...)<br />

4. Para practicarse una terminación del embarazo durante los primeros 90 días de embarazo, las<br />

mujeres deben estar en una situación en que la continuación del embarazo, el parto o la maternidad<br />

podrían poner en peligro seriamente su salud mental o física, de acuerdo a su estado de salud, sus<br />

circunstancias económicas, sociales o familiares, las circunstancias en que ocurrió la concepción, o la<br />

probabilidad de que el niño nazca con malformaciones o anormalidades, y deberán aplicar a un centro<br />

de consejería de los establecidos bajo el inciso a) de la sección 2 de la Ley 405 del 29 de Julio o a una<br />

agencia de servicios medico sociales autorizada en la región, o a un médico de su escogencia.<br />

5. En todos los casos, además de garantizar los exámenes médicos necesarios, los centros de<br />

consejería y las agencias medico sociales deberán, especialmente cuando la solicitud sea motivada por<br />

el impacto económico, social o las circunstancias familiares en la salud de la mujer, examinar las<br />

posibles soluciones a los problemas consultando con la mujer, y cuando ella así lo quiera con el padre<br />

del concebido, respetando la dignidad y los sentimientos de la mujer y de la persona llamada padre<br />

del concebido, para ayudarla a sobrepasar los factores que la llevarían a terminar su embarazo, para<br />

ayudarla a aprovechar sus derechos como mujer trabajadora y madre, y para promover todas las

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