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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

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Por las anteriores razones considera el Interviniente que el artículo 124 debe ser<br />

declarado contrario al mandato de ponderación y razonabilidad que debe<br />

preceder a la facultad de configuración legislativa.<br />

V. El papel de la pena en el aborto<br />

Señala el interviniente que el actual derecho penal transformó a la culpabilidad<br />

en un escenario común, en el cual el Estado legitima sus sanciones a partir de los<br />

consensos y los valores comunes (constitucionales) que el imaginario colectivo<br />

soporta y produce. De esta manera, el derecho penal, y en especial la pena,<br />

tienen un alto sentido de integración positiva del ciudadano.<br />

Sin embargo, el derecho penal colombiano está lejos de ser un instrumento de<br />

integración, y la penalización del aborto, aun en casos excepcionales, está por<br />

fuera de las aspiraciones de un derecho penal de integración positiva.<br />

Por ello, en tanto el derecho penal colombiano no cumpla con dicha misión<br />

integradora, debe abandonar tal misión de integración para cederla a estructuras<br />

del Estado que, en su lugar, orienten un conjunto de medidas de política pública<br />

a fin de conjurar un problema frente al cual la penalización fue inútil.<br />

En relación con la utilidad de la pena en el caso del aborto, es claro que la<br />

misma es ajena a su propósito moderno de prevención general integradora .y<br />

positiva, y además, se hace ineficaz e inútil ante los ciudadanos tanto en el<br />

ámbito de la disuasión como de la responsabilidad individual. En esto último, la<br />

pena se ha convertido en una consecuencia sin sentido, que la sociedad no<br />

comprende, tal como se desprende de la opinión pública en relación con este<br />

tema.<br />

De esta manera considera la Universidad Santiago de Cali que la penalización<br />

del aborto, en casos excepcionales es contraria a los fines de la utilidad de la<br />

pena y, por ende, ajena a los valores constitucionales forjados por la Corte<br />

durante todo su desarrollo jurisprudencial.<br />

VI. El ámbito restringido de "casos o circunstancias excepcionales", propuesto<br />

en el articulo 124 de la ley 599 de 2000<br />

En criterio del interviniente son validos los cargos contra el artículo 124 de la ley<br />

599 de 2000 pues dicha norma resulta restrictiva frente a la posibilidad de otras<br />

circunstancias excepcionales, igualmente válidas, por las cuales la interrupción<br />

voluntaria del embarazo puede ser despenalizada.<br />

Por ello, el Comité de Derecho Humanos, del Pacto Internacional de Derechos<br />

Civiles y Políticos, destacó su preocupación en el sentido de que nuestra

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