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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

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Portugal establece una limitación temporal de doce semanas de embarazo para el<br />

aborto cuando “sea indicado para evitar un peligro de muerte o una lesión<br />

grave para el cuerpo o para la salud física u psíquica de la mujer<br />

embarazada” 397 . Sin embargo, no existe limitación temporal cuando “sea el<br />

único medio para evitar un peligro de muerte o una lesión seria e irreversible<br />

para el cuerpo o para la salud física o psíquica de la mujer embarazada.” 398<br />

Adicionalmente, la interrupción del embarazo debe ser realizada por un médico<br />

en una institución médica autorizada, con el consentimiento escrito de la mujer,<br />

que debe ser suscrito mínimo tres días antes de la intervención, y las<br />

circunstancias que motivan el aborto deben ser certificadas por un médico.<br />

En Hungría es posible realizar un aborto hasta la doceava semana de embarazo<br />

si “se justifica debido a una causa que ponga en peligro seriamente la salud de<br />

la mujer”. La anterior justificación para el aborto se amplía hasta la<br />

dieciochoava semana de embarazo si la mujer embarazada es incapaz o se<br />

encuentra incapacitada o “si no se dio cuenta de que estaba embarazada antes<br />

debido a un error médico o debido a una causa médica por fuera de su<br />

Dans les deux cas, préalablement à la réunion de l'équipe pluridisciplinaire compétente, la femme<br />

concernée ou le couple peut, à sa demande, être entendu par tout ou partie des membres de ladite<br />

équipe.<br />

Article L2213-2. Les dispositions des articles L. 2212-2 et L. 2212-8 à L. 2212-10 sont applicables à<br />

l'interruption volontaire de la grossesse pratiquée pour motif médical.<br />

Article L2213-3. Les conditions d'application du présent chapitre sont déterminées par décret en<br />

Conseil d'Etat.<br />

397 Código Penal Portugal. Artículo 142 Interrupción del embarazo no punible.<br />

1. <strong>No</strong> será punible la interrupción del embarazo realizada por un médico, o bajo su dirección, en un<br />

establecimiento de salud oficial u oficialmente reconocido, con el consentimiento de la mujer<br />

embarazada cuando, según el estado del conocimiento de la medicina:<br />

a) sea el único medio para evitar un peligro de muerte o una lesión seria e irreversible para el cuerpo<br />

o para la salud física o psíquica de la mujer embarazada.<br />

b) sea indicado para evitar un peligro de muerte o una lesión grave para el cuerpo o para la salud<br />

física u psíquica de la mujer embarazada, siempre que se realice dentro de las primeras doce semanas<br />

de embarazo.<br />

c) existan serios motivos para creer que el niño sufrirá de una enfermedad grave o incurable o de una<br />

malformación, siempre que se realice dentro de las primeras 16 semanas de embarazo.<br />

d) existan serios indicios de que el embarazo es el resultado de un crimen contra la libertad y la<br />

autodeterminación sexual, siempre que se realice dentro de las primeras doce semanas de embarazo.<br />

2. La verificación de las circunstancias para un aborto lícito debe ser certificada por un médico<br />

diferente del que practica o dirige la interrupción del embarazo y debe ser por escrito.<br />

3. El consentimiento debe:<br />

a) siempre que sea posible, ser dado por escrito por la mujer embarazada y debe realizarse mínimo<br />

tres días antes de la interrupción del embarazo; o<br />

b) en caso de que la mujer embarazada sea menor de 16 años o incapaz, respectiva y sucesivamente,<br />

conforme a cada caso, ser dado por el representante legal o en su defecto, por cualquier pariente en<br />

línea colateral.<br />

4. En caso de no ser posible obtener el consentimiento en los términos del inciso anterior y la<br />

interrupción sea urgente, el médico debe tomar la decisión de acuerdo a la situación y a su criterio,<br />

asesorándose, siempre que sea posible de otro u otros médicos.<br />

398 Código Penal Portugal. Artículo 142 Interrupción del embarazo no punible.

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