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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO PENDIENTE-No ...

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RECOMENDACIONES <strong>DE</strong> ORGANISMOS INTERNACIONALES EN<br />

MATERIA <strong>DE</strong> ABORTO-<strong>No</strong> integran bloque de constitucionalidad<br />

(Salvamento de voto)<br />

Las recomendaciones relativas al aborto o los derechos de la mujer en materia<br />

de salud sexual y reproductiva emanadas de organismos internacionales no<br />

constituían normas de derecho internacional que crearan obligaciones<br />

jurídicas para Colombia, no era posible entender que las mismas formaban<br />

parte del bloque de constitucionalidad, de tal manera que constituyeran<br />

normas frente a las cuales fuera necesario confrontar las que se demandaban.<br />

Por otra parte, destacan los suscritos que tales recomendaciones, aparte de<br />

que estaban dirigidas al legislador y no a los órganos judiciales, no eran<br />

tampoco obligatorias de manera concreta para Colombia, por cuanto no se<br />

referían a ningún caso denunciado que hubiera sido tramitado por la Comisión<br />

Interamericana de Derechos Humanos, el Comité encargado de monitorear la<br />

Convención de los Derechos del Niño, el Comité de la Convención para la<br />

Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer o el<br />

Comité de los Derechos Humanos. Adicionalmente, destacan que, a la fecha,<br />

no hay opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos,<br />

ni de ninguna corte internacional, que reconozca el derecho al aborto, ni aun<br />

en casos excepcionales.<br />

ESTATUTO <strong>DE</strong> ROMA-<strong>No</strong> emana obligación de despenalizar aborto<br />

(Salvamento de voto)<br />

BLOQUE <strong>DE</strong> CONSTITUCIONALIDAD-Reconocimiento del derecho a la<br />

vida desde la concepción (Salvamento de voto)<br />

Del Derecho Internacional no emanaba ninguna obligación internacional de<br />

despenalizar el aborto, menos aun contenida en alguna fuente que pudiera<br />

considerarse constitutiva del bloque de constitucionalidad, y que ni siquiera<br />

era claro que de las instancias internacionales emanaran pautas relevantes en<br />

tal sentido. Antes bien, entienden que los tratados internacionales de derechos<br />

humanos que conforman el bloque de constitucionalidad expresamente<br />

reconocen el derecho a la vida de todos los seres humanos desde el momento<br />

mismo de la concepción.<br />

DIGNIDAD HUMANA-Concepto (Salvamento de voto)<br />

DIGNIDAD HUMANA-Fuente inmediata de los derechos fundamentales<br />

(Salvamento de voto)<br />

<strong>DE</strong>RECHOS FUNDAMENTALES-<strong>No</strong> pueden ser desconocidos en aras del<br />

bien general (Salvamento de voto)

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