08.05.2013 Views

REVISTA LIBERTADOR O'HIGGINS - Instituto Ohigginiano

REVISTA LIBERTADOR O'HIGGINS - Instituto Ohigginiano

REVISTA LIBERTADOR O'HIGGINS - Instituto Ohigginiano

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Ev i s t a li B E r t a d o r o’higgins<br />

más convenga para los objetos necesarios y urgentes” 22 . Correspondería al<br />

Director Supremo la designación de los cinco integrantes Propietarios del Senado<br />

y de los cinco suplentes 23 . Pese a ello, O’Higgins propuso los nombres de José<br />

Ignacio Cienfuegos, Gobernador del Obispado de Santiago 24 , el del Gobernador<br />

Intendente de Santiago, don Francisco de Borja Fontecilla, el Decano del Tribunal<br />

de Apelaciones, don Francisco Antonio Pérez, don Juan Agustín Alcalde y don<br />

José María Rozas como propietarios; por suplentes a don Martín Calvo Encalada,<br />

don Javier Errázuriz, don Agustín Eyzaguirre, don Joaquín Gandarillas y don<br />

Joaquín Larrain. Quienes, de ser aprobada la Constitución, pasarían a integrar el<br />

Senado. No obstante ser atribución privativa del jefe del Estado su nombramiento,<br />

el Libertador prefirió que los legisladores contasen con la ratificación de la<br />

ciudadanía.<br />

Estos senadores reflejaban la mentalidad e intereses de la aristocracia: “La<br />

composición social del Senado fue un triunfo de la aristocracia; en su seno figuraba<br />

un mayorazgo y título de Castilla, el Conde de Quinta Alegre, y un personaje que,<br />

sin ser ni lo uno ni lo otro, el parentesco, las alianzas matrimoniales y la comunidad<br />

de intereses, lo relacionaban con la familia del Marqués de Villapalma. Pérez y<br />

Eyzaguirre eran casados con dos señoras Larrain. Errázuriz, pertenecía al grupo<br />

poderoso de una estirpe que tenía raíces en el comercio, en la vida profesional de<br />

la abogacía y en la agricultura”.<br />

“Joaquín Larraín seguía siendo el jefe de la casa otomana de los<br />

ochocientos”.<br />

“José María Guzmán, lo mismo que Francisco de Boria Fontecilla, eran<br />

miembros destacados de la Oligarquía”.<br />

“En el Senado, pues, los intereses políticos de las familias Larrain, Pérez,<br />

Salas, Errázuriz, Madariaga, Trucias, Aldunate, Vicuña, Alcalde, Guzmán, Calvo.<br />

Recabarren, por diversas líneas de parentesco, se encontraban representadas” 25 .<br />

“El Director Supremo había entregado la Corporación a la aristocracia,<br />

distribuyéndola equitativamente entre sus diversos sectores, limitándose a excluir,<br />

a los desequilibrados y a los carrerinos” 26 .<br />

Los senadores debían ser ciudadanos mayores de 30 años, “de acendrado<br />

patriotismo, de integridad, prudencia, sigilo, amor a la justicia y bien público”.<br />

“No podrían serlo los Secretarios de Estado ni los dependientes de éstos, ni<br />

los que inmediatamente administran intereses del Estado” 27 . Se advierte aquí el<br />

deseo de salvaguardar la independencia del Senado, al vedar a los Ministros y<br />

sus dependientes el integrarlo. De la misma manera y por análogas razones se<br />

excluía a los que administraren intereses del Estado.<br />

Las atribuciones del Senado eran amplias: “Sin el acuerdo del Senado a<br />

pluralidad de votos, no se podrán resolver los grandes negocios del Estado,<br />

22 Título III, capítulo primero, artículo único. Constitución de 1818.<br />

23 Id., capítulo II, artículos 1° y 2°. Constitución de 1919.<br />

24 Por destierro del Obispo José Antonio Rodríguez Zorrilla, le correspondía dirigir la diócesis.<br />

25 Guillermo Feliú Cruz, obra citada, págs. 33-34.<br />

26 Francisco Antonio Encina Armanet, obra citada, V 14, pág. 173.<br />

27 Título III, capítulo II, artículo 8°. Constitución de 1818.<br />

336

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!