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REVISTA LIBERTADOR O'HIGGINS - Instituto Ohigginiano

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Edición c o n m E m o r a t i v a dE l Bi c E n t E n a r i o<br />

asegura la quietud interior, produce la abundancia, abre recursos y afianza la<br />

justicia...”. “Bien conozco que la honorable convención, no reviste todo el carácter<br />

de representación nacional, cual tiene en otros países constituidos, y la cual<br />

gozaremos después. Empero, siendo una reunión popular, respetable y la única<br />

que legalmente se podía tener por ahora, yo le dirijo la palabra como si estuviera<br />

congregado en esta sala todo el pueblo chileno, cuyos intereses he mirado como<br />

padre y cuya seguridad y gloria ha sostenido mi espada”. “Si hasta aquí no pude<br />

hacer todo lo que deseaba, culpad mi impotencia y no mi voluntad”. Refiriéndose<br />

a la difícil lucha por consolidar la independencia dice: “La recibí aún esclavizada;<br />

os la entrego libre y ceñida de laureles, pero en su infancia y en débiles principios.<br />

Toca a vuestras virtudes y sabiduría engrandecerla, enriquecerla, educarla e<br />

ilustrarla”. Suponiendo que con la reunión de la asamblea pasaba a ella el poder<br />

de que estaba investido, le hacia entrega del mando, y le pedía que designara<br />

su sucesor. “Demasiado tiempo he llevado sobre mis débiles hombros la pesada<br />

máquina de la administración y os suplico encarecidamente que hoy mismo me<br />

descarguéis de ella” 42 .<br />

La Asamblea rechazó por aclamación la renuncia presentada por el Prócer, se<br />

dispuso que el vicepresidente de ella, el presbítero Casino AIbano, acompañado<br />

de ocho representantes, pusiera el hecho en conocimiento del Director Supremo.<br />

Pese a la oposición del diputado por San Felipe, Francisco de Padua Caldera,<br />

la Convención declaró que en ella residía la potestad legislativa. En virtud de ello,<br />

solicitó al Director Supremo la reposición en el gobierno del Obispado de Santiago<br />

del titular José Santiago Rodríguez Zorrilla y la dictación de una amplia amnistía<br />

política. El gobernante accedió a ambas peticiones.<br />

Para un mejor cumplimiento de sus funciones legislativas, la Convención<br />

se dividió en comisiones 43 . La comisión encargada de elaborar un proyecto<br />

constitucional quedó integrada por los diputados Casimiro Albano, José Santiago<br />

Montt, Francisco Olmos y Camilo Henríquez; los doctores José Gregorio Argomedo<br />

y José Tadeo Mancheño y el licenciado Santiago Echevers.<br />

El diputado por Illapel, José Miguel Irarrázaval negó a la Convención el derecho<br />

a promulgar una constitución. A su juicio, sólo era una asamblea preliminar, cuyo<br />

mandato se limitaba a designar la corte de representantes. Sin embargo, la<br />

asamblea prosiguió el estudio del proyecto elaborado por la comisión respectiva.<br />

Una nueva comisión formada por Francisco Ruiz-Tagle, Camilo Henríquez, José<br />

Gabriel Palma y Casimiro Albano, quedó encargada de ordenar los artículos y de<br />

corregir la redacción. Las modificaciones fueron pocas y de escasa trascendencia.<br />

La Constitución se promulgó el 30 de octubre de 1822.<br />

La Carta Constitucional dividiese en 9 títulos, 24 capítulos y 248 artículos.<br />

En su título primero, capítulo primero, definía la Nación Chilena como la unión<br />

de todos los chilenos. En ella reside la soberanía, cuyo ejercicio delega conforme<br />

a la Constitución. La proclamaba “libre e independiente de la monarquía española<br />

42 Sesiones de los cuerpos legislativos, tomo VI, pp. 27-29.<br />

43 Las comisiones eran ocho y podían figurar en ellas individuos extraños a la Convención.<br />

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