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REVISTA LIBERTADOR O'HIGGINS - Instituto Ohigginiano

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Ev i s t a li B E r t a d o r o’higgins<br />

contra los escudos de armas y se predicará contra la nobleza de sangre. No hay<br />

fuerza contra las leyes de la opinión, ni se destruyen de un golpe los hábitos<br />

inveterados..., hasta en el cielo hay jerarquías, que las hay en la tierra en los<br />

destinos y graduaciones eclesiásticas, civiles y militares, y que es preciso que las<br />

haya para equilibrar el poder de la licencia de los magnates, en la conservación<br />

del orden. Los pelucones dicen: ¿Quién será capaz de contener la plebe si se<br />

extingue el respeto de los nobles?” 13 . Algunos asesores de O’Higgins le escriben<br />

para decirle lo desacertado de la medida. Es así como José Ignacio Zenteno, en<br />

carta del 1 de octubre de 1817: “El es en efecto un paso arrogante hacia la libertad,<br />

al mismo tiempo que una herida profunda al simulacro de la aristocracia; pero<br />

parece que el tiempo no es muy oportuno todavía para hacer esta declaración;<br />

aún se sostiene Lima a cuya nobleza aunque sin fibra debemos no disgustar y<br />

parece que no hay una urgencia de hacerlo con la nuestra en tanto que su mayor<br />

parte se ha decidido por el sistema Liberal, aunque sea a medias entre pujidos<br />

y dos aguas...”, 14 las palabras de Zenteno representan una actitud pragmática<br />

si se considera que O’Higgins se encuentra gobernando solo, sin una base de<br />

poder estable y segura. Esto se puede afirmar si se toma en cuenta la forma<br />

cómo O’Higgins llegó al poder, y se puede pensar que la aristocracia brindará<br />

su “apoyo” al Director mientras todavía se esté luchando contra los realistas en<br />

el sur, se encuentre el Ejército de los Andes en Chile esperando ser embarcado<br />

al Perú y mientras no se lesionen directamente sus intereses y su orgullo. La<br />

medida de O’Higgins le significó ganar enemigos en un momento muy delicado<br />

para el proceso de emancipación.<br />

A la anterior medida se añade la abolición de los Mayorazgos, mediante un<br />

decreto del 5 de junio de 1818, y suspendida por el Senado en diciembre de<br />

1819. Esta institución era considerada como una manera de conservar dentro de<br />

una familia un bien -raíz y así preservar su poder económico y social 15 . Eliminar<br />

los Mayorazgos implicaba lesionar los intereses económicos de la aristocracia<br />

y permitir el movimiento de las tierras, es decir, que pasaran a personas que<br />

las hicieran producir y progresar. Como ejemplo a lo anterior se puede citar una<br />

condición expuesta en un decreto sobre venta de bienes secuestrados “que<br />

las fincas no podrán jamás vincularse ni pasarse en ningún tiempo ni por título<br />

alguno a manos muertas... 16 ” El problema radica que al igual que los títulos de<br />

nobleza, existían en Chile diecisiete Mayorazgos 17 . Esta medida, al igual que la<br />

anterior, lejos de tener un efecto práctico, tuvo un efecto simbólico y consiguió la<br />

desconfianza de la aristocracia y herirla en su amor propio.<br />

13 Ibíd., p. 223.<br />

14 Carta de José Ignacio Zenteno. Octubre 1 de 1817. Archivo de O’Higgins, Ob. cit. Tomo VIII, p. 355.<br />

15 Mediante el Mayorazgo, un conjunto de bienes pasaba al hijo mayor de la familia, con la prohibición de<br />

enajenarlos.<br />

16 Decreto Santiago 27 de octubre de 1820. Archivo O’Higgins. Tomo XIV, p. 128.<br />

17 Borde y Góngora: Evolución de la propiedad rural en el Valle del Puangue, pp. 55 y 115, en John Lynch:<br />

Revoluciones hispanoamericanas, p. 163.<br />

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