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Tertia Pars - Suma Teológica

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198 Tratado del Verbo encarnado C.17 a.l<br />

predicarse de El tanto en abstracto como<br />

en concreto; por eso decimos que el Hijo de<br />

Dios, significado por el nombre de Cristo, es<br />

la naturaleza divina, y que es Dios. Pero la<br />

naturaleza humana no puede predicarse de<br />

Cristo por sí misma en abstracto, sino sólo<br />

en concreto, a saber, en cuanto expresada<br />

en un supuesto. Pues no es posible decir<br />

con verdad que Cristo es su naturaleza humana,<br />

porque la naturaleza humana no es apta<br />

para ser predicada de su supuesto; en cambio<br />

se dice que Cristo es hombre, lo mismo<br />

que decimos que Cristo es Dios. El término<br />

Dios significa el que posee la divinidad, lo<br />

mismo que la palabra hombre significa el que<br />

tiene la humanidad. Sin embargo, este poseer<br />

la humanidad se significa de un modo mediante<br />

el término hombre, y de otro distinto<br />

cuando se emplean los nombres Jesús o<br />

Pedro. El término hombre, en efecto, significa<br />

el que posee la humanidad sin más. En<br />

cambio, los nombres Pedro o Jesús denotan<br />

al que posee la humanidad de una manera<br />

concreta, a saber, con unas determinadas<br />

propiedades individuales, al modo en que la<br />

expresión Hijo de Dios significa el que posee<br />

la divinidad bajo una determinada propiedad<br />

personal.<br />

En Cristo la dualidad obedece a sus dos<br />

naturalezas. Y, por eso, si ambas se predicasen<br />

de Cristo en abstracto, se seguiría que<br />

Cristo sería dos seres a la vez. Pero, al no<br />

predicarse de Cristo las dos naturalezas más<br />

que en cuanto se entienden en su supuesto,<br />

es necesario que el uno o el dos se prediquen<br />

de Cristo por razón del supuesto. No obstante,<br />

algunos (cf. q.2 a. 6) atribuyeron a<br />

Cristo dos supuestos, pero una sola persona<br />

que, a juicio de los mismos, parece comportarse<br />

como supuesto completo final. Y por<br />

eso, al defender dos supuestos en Cristo,<br />

enseñaban que Cristo es dos en género neutro;<br />

pero, como ponían una sola persona,<br />

decían que Cristo es uno en género masculino,<br />

pues el género neutro significa algo<br />

informe e imperfecto, mientras que el género<br />

masculino designa algo formado y perfecto<br />

6 .<br />

Los Nestorianos, por su parte, al establecer<br />

en Cristo dos personas (cf. q.2 a.6),<br />

enseñaban que Cristo era dos no sólo en el<br />

género neutro, sino que también era dos en<br />

el género masculino 7 . Mas nosotros, al defender<br />

en Cristo una sola persona y un solo<br />

supuesto, como es claro por lo dicho antes<br />

(q.2 a.2 y 3), decimos, en lógica consecuencia,<br />

que Cristo es uno no sólo en el género<br />

masculino, sino que también es una sola<br />

cosa en el género neutro ".<br />

Respuesta a las objeciones: 1. A. la<br />

primera hay que decir: El texto alegado de<br />

Agustín no debe entenderse como si el uno<br />

y otro haya de tomarse por parte del predicado,<br />

como si dijera que Cristo es uno y otro,<br />

sino que debe tomarse por parte del sujeto.<br />

Y, en este sentido, el uno y otro se pone no<br />

como en lugar de dos supuestos, sino como<br />

en lugar de dos nombres que designan dos<br />

naturalezas en concreto. Yo puedo, en efecto,<br />

decir uno y otro, es a saber, Dios y el<br />

hombre, es Dios, a causa del Dios que asume; y<br />

también uno y otro, es decir, Dios y el hombre,<br />

es hombre, por razón del hombre asumido.<br />

2. A la segunda hay que decir: Cuando se<br />

enuncia: Cristo es una cosa y otra cosa, tal<br />

expresión debe exponerse de manera que su<br />

sentido sea: Tiene dos naturalezas distintas. Y<br />

de esta manera la explica Agustín en el libro<br />

Contra Felicianum 8 , cuando, después de haber<br />

dicho: En el mediador entre Dios y los<br />

hombres, una cosa es el Hijo de Dios y otra el Hijo<br />

del hombre, añade: Digo «otra cosa» por razón<br />

de la distinción sustancial; pero no digo «otra<br />

cosa»/>é>r razón de la unidad personal. Y Gregorio<br />

Nacianceno, en su carta Ad Chelidoniurn<br />

9 , escribe: Hablando con brevedad, una cosa<br />

y otra cosa enuncian los elementos de que consta el<br />

Salvador, pues no es lo mismo lo invisible que lo<br />

visible, ni lo eterno es igual que lo temporal. Pero<br />

6. Cf. GUILLERMO ALTISIODORENSE, Summa Áurea, P.3 tr.l c.l q.8 (113va). 7. Cf. CIRILO DE<br />

ALEJANDRÍA, Adv. Nestorii blasphemias 1.2 c.6: MG 76,85. 8. VIGILIO TAPSENSE, De unit. Trin. c.14:<br />

ML 62,344; o entre las Obras de AGUSTÍN, c.ll: ML 42,1166. 9. Epist.101 Ad Cledonium: MG<br />

37,180.<br />

a. En la teología medieval había tres opiniones: 1. En Cristo hay dos supuestos y una persona;<br />

según el Com. Sent. III d.6 q.l a.l, esta formulación de tendencia antioquena no es inteligible. 2. El<br />

Verbo reviste cuerpo y alma separadamente, sin unión sustancial a una naturaleza concreta; opinión<br />

rechazada por Alejandro III (DS 750). 3. En Cristo, cuerpo y alma se unen no para formar un hombre<br />

(supuesto, persona), sino la humanidad asumida por la persona divina del Verbo; es la doctrina de<br />

este art. (c. y sol.2).

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