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Tertia Pars - Suma Teológica

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C.66 a.5 El sacramento del bautismo 565<br />

agente principal del bautismo es Cristo,<br />

como se dice en Jn 1,33: Aquel sobre quien<br />

veas que desciende y permanece el Espíritu Santo<br />

ése es quien bautiza. Luego es inadecuado que<br />

el ministro diga: Yo te bautizo. Además de<br />

que la palabra bautizo, de suyo, presupone<br />

el jo, en cuyo caso este pronombre es superfluo.<br />

2. Aún más: no hace falta que quien<br />

hace una cosa diga que hace esa cosa, como<br />

quien enseña no hace falta que digajo os<br />

enseño. Ahora bien, el Señor transmitió conjuntamente<br />

el precepto de bautizar y el de<br />

enseñar cuando dijo en Mt 28,19: Idj enseñad<br />

a todas las gentes, etc. Luego no hace falta<br />

que en la forma del bautismo se mencione<br />

el acto de bautizar.<br />

3. Y también: quien recibe el bautismo<br />

a veces no entiende las palabras, como, por<br />

ej., si es sordo o es un niño. Pero es inútil<br />

dirigirle a él la palabra, según aquello de<br />

Eclo 32,6: Cuando no se te escucha no te extiendas<br />

en palabras. Luego inadecuadamente se<br />

dicejo te bautizo, dirigiéndose al bautizado.<br />

4. Por último: puede acontecer que simultáneamente<br />

sean varios los bautizandos<br />

y varios también los ministros, como es el<br />

caso de los Apóstoles, que bautizaron en un<br />

solo día tres mil, y en otro, cinco mil, como<br />

se dice en Act. 2,41 y 4,4. No debe, por<br />

tanto, ir la forma del bautismo en singular:<br />

Yo te bautizo, sino que se puede decir: Nosotros<br />

os bautismos.<br />

5. El bautismo recibe su poder de la<br />

pasión de Cristo. Pero la santificación del<br />

bautismo viene de la forma. Luego parece<br />

que en la forma del bautismo deberá hacerse<br />

mención de la pasión de Cristo.<br />

6. El nombre designa la propiedad de<br />

una cosa. Pero las propiedades personales<br />

de las divinas personas son tres, como se<br />

ha dicho en la Primera Parte (q.32 a. 3). Luego<br />

no se debe decir en el nombre del Padre y<br />

del Hijo y del Espíritu Santo, sino en los nombres.<br />

7. La persona del Padre puede ser designada<br />

no sólo con el nombre de Padre,<br />

sino también con el nombre de Innascible y<br />

Genitor. El Hijo, con el nombre de Verbo,<br />

Imagen y Engendrado. Y el Espíritu Santo, con<br />

el nombre de Don, Amor y Procedente. Luego<br />

parece que utilizando estos nombres también<br />

se puede bautizar.<br />

En cambio el Señor dice en Mt 28,19:<br />

Id y enseñad a todas las gentes bautizándolas en el<br />

nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.<br />

23. De bapt. contra Donat. 1.4 c.15: ML 43,168; cf. 1.16 c.25: ML 43,214.<br />

Solución. Hay que decir: La consagración<br />

del bautismo se realiza por su forma, según<br />

las palabras de Ef 5,26: Purificándola mediante<br />

el baño del agua con la palabra de vida. Y San<br />

Agustín dice en el IV De Único Baptismo 23<br />

que el bautismo es reconocido como sagrado<br />

por las palabras evangélicas. Por eso es<br />

conveniente que en la forma del bautismo<br />

se mencione su causa. Pero esta causa es<br />

doble: una, principal, y de la que el bautismo<br />

recibe su poder, la santa Trinidad; otra,<br />

instrumental, o sea, el ministro que realiza<br />

externamente el sacramento. Y por eso, de<br />

ambas debe hacerse mención en la forma.<br />

Al ministro se alude con las palabras jo te<br />

bautizo; y a la causa principal, cuando se dice<br />

en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu<br />

Santo. Por tanto, la forma del bautismo: Yo<br />

te bautizo en el nombre del Padre y del Hijo y del<br />

Espíritu Santo es una forma adecuada.<br />

Respuesta a las objeciones: 1. A la<br />

primera hay que decir: La acción se atribuye al<br />

instrumento como agente inmediato, y al<br />

agente principal como principio en virtud<br />

del cual el instrumento actúa. Por eso, en la<br />

forma del bautismo se designa adecuadamente<br />

al ministro ejerciendo el acto del<br />

bautismo con las palabras jo te bautizo, y el<br />

mismo Señor atribuye a los ministros el<br />

acto de bautizar cuando dice: bautizándoles,<br />

etc.; y se designa la causa principal, como<br />

principio en virtud del cual el instrumento<br />

actúa, con las palabras: en el nombre del Padre<br />

y del Hijo y del Espíritu Santo. Porque Cristo<br />

no bautiza sin el Padre y el Espíritu Santo.<br />

Los griegos, sin embargo, no atribuyen el<br />

acto del bautismo a los ministros para evitar<br />

el error antiguo, que atribuía la virtud del<br />

bautismo a los bautizadores, cuando decían:<br />

Yo soy de Pablo, y yo, de Ce/as (1 Cor 1,12). Y<br />

por eso dicen: Sea bautizado tal siervo de Cristo<br />

en el nombre del Padre, etc. Con esta fórmula<br />

se confiere el sacramento, ya que expresa el<br />

acto realizado por el ministro con la invocación<br />

de la Trinidad.<br />

El pronombre jo que se añade en la<br />

forma nuestra no atañe a la sustancia de<br />

la forma, sino que se usa para intensificar la<br />

expresión.<br />

2. A la segunda hay que decir. Puesto que<br />

la ablución de un hombre con agua puede<br />

hacerse por diversas razones, es necesario<br />

que las palabras de la forma expresen el fin<br />

concreto de esa ablución. Mas para esto no<br />

bastan las palabras en el nombre del Padre y del

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