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Tertia Pars - Suma Teológica

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C.60 a.5 ¿Qué es un sacramento? 513<br />

Respuesta a las objeciones: 1. A la<br />

primera hay que decir: A cada cosa se le pone<br />

nombre y se le define principalmente por<br />

aquello que le es primario y esencial, y no<br />

por lo que le viene de otro. Ahora bien, un<br />

efecto sensible —espontáneamente conocido<br />

por el hombre— conduce al conocimiento<br />

de otra cosa de una manera espontánea,<br />

ya que todos nuestros conocimientos<br />

empiezan por los sentidos. Mientras que los<br />

efectos inteligibles no pueden conducirnos<br />

al conocimiento de otra cosa más que en la<br />

medida en que son manifestados por otro,<br />

o sea, por alguna cosa sensible. Por eso,<br />

primaria y principalmente, se llama signos a<br />

las cosas que se ofrecen a los sentidos,<br />

conforme a lo que dice San Agustín en II<br />

De Doct. Christ. : signo es aquello que, además<br />

de la imagen que impresiona los sentidos, nos lleva<br />

al conocimiento de otra cosa. En cambio, los<br />

efectos inteligibles no tienen valor de signo<br />

más que en la medida en que son manifestados<br />

por verdaderos signos. Y en este<br />

sentido, a ciertas cosas que no son sensibles<br />

se les llama también sacramentos, en cuanto<br />

que son manifestadas por cosas sensibles,<br />

como veremos luego 14 .<br />

2. A la segunda hay que decir. Las cosas<br />

sensibles, en cuanto tales, no pertenecen al<br />

culto o al reino de Dios, y sólo pertenecen<br />

a él en cuanto que son signos de las cosas<br />

espirituales, en las que consiste el reino de<br />

Dios.<br />

3. A la tercera hay que decir: San Agustín<br />

habla de las cosas sensibles consideradas en<br />

su valor material, no en cuanto que son<br />

signos de cosas espirituales, que son los<br />

bienes supremos.<br />

ARTICULO 5<br />

¿Requieren los sacramentos cosas<br />

determinadas?<br />

Infra q.64 a.2 ad 2<br />

Objeciones por las que parece que no se<br />

requieren cosas determinadas para los sacramentos.<br />

1. Como ya hemos dicho (a.4), en los<br />

sacramentos se requieren cosas sensibles<br />

para que ejerzan su función de signos. Ahora<br />

bien, no hay inconveniente en que diversas<br />

cosas sensibles signifiquen una misma<br />

cosa, como acontece en la Sagrada Escritura<br />

15 , donde Dios es significado metafóricamente,<br />

ya por una piedra, ya por un león,<br />

ya por el sol, etc. Luego diversas cosas<br />

pueden convenir a un mismo sacramento.<br />

No se requieren, por tanto, determinadas<br />

cosas para los sacramentos.<br />

2. Aún más: es más necesaria la salud<br />

del alma que la del cuerpo. Ahora bien,<br />

entre los remedios materiales destinados a<br />

sanar el cuerpo, cuando uno falta se suple<br />

con otro. Luego con mayor razón en los<br />

sacramentos, que son remedios espirituales<br />

destinados a sanar el alma, se podrá, cuando<br />

falta una cosa, suplir con otra.<br />

3. Y también: no está bien que la salvación<br />

del hombre se vea restringida por<br />

la ley divina, y sobre todo por la ley de<br />

Cristo, que vino a salvar a todos. Ahora<br />

bien, en el estado de ley natural no se<br />

requerían en los sacramentos cosas determinadas,<br />

sino que se asumían libremente,<br />

como es el caso de Jacob en Gen 28,20,<br />

que hace promesa de ofrecer a Dios diezmos<br />

y víctimas pacíficas. Luego el hombre<br />

no debería ser constreñido, y mucho menos<br />

en la nueva ley, al uso de cosas determinadas<br />

en los sacramentos.<br />

En cambio dice el Señor en Jn 3,5: Quien<br />

no naciere del agua y del Espíritu Santo no puede<br />

entrar en el reino de Dios.<br />

Solución. Hay que decir: En la confección<br />

de los sacramentos se pueden considerar<br />

dos aspectos: el culto divino y la<br />

santificación de los hombres. El primero<br />

es propio del hombre en sus relaciones<br />

con Dios. El segundo, a la inversa, es<br />

propio de Dios en sus relaciones con el<br />

hombre. Ahora bien, nadie puede determinar<br />

lo que depende de la potestad de<br />

otro, sino sólo lo que depende de su propia<br />

potestad. Y puesto que la santificación<br />

del hombre depende de la potestad de<br />

Dios, que es quien santifica, no pertenece<br />

al hombre escoger las cosas con que se<br />

ha de santificar, sino que esas cosas deben<br />

ser determinadas por institución divina.<br />

Por eso, en los sacramentos de la nueva<br />

ley, por los que el hombre es santificado<br />

—según 1 Cor 6,11: habéis sido lavados,<br />

habéis sido santificados—, es necesario utilizar<br />

cosas instituidas por iniciativa divina.<br />

13. C.1: ML 34,35. 14. Q.63 a.l ad 2; a.3 ad 2; q.73 a.6; q.84 a.l ad 3; Suppl. q.30 a.3 ad 3;<br />

q.42 a.l ad 5. 15. Cf. 2 Re 22,2; Zac 3,9; 1 Cor 10,4; Ap 4,3; 5,5; Is 31,4; 60,19; Mal 4,2.

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