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FALLO%20AGRO%20INGRESO%20

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4.1.3.2. ANÁLISIS DE LOS DESCARGOS, PRUEBAS Y ALEGATOS DE<br />

CONCLUSIÓN.<br />

La defensa estructura los descargos señalando diversos temas que relacionó con<br />

los cuatro cargos elevados y en los alegatos indica de manera conjunta unas<br />

consideraciones jurídicas y probatorias en relación con los cargos 1 y 3,<br />

argumentando que a su juicio se refieren a temas que tienen estrecha relación.<br />

En concordancia con el cargo que nos ocupa y dentro de lo que denomina<br />

consideraciones preliminares en los descargos establece ocho temas así: i)<br />

Deberes funcionales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural; ii) Naturaleza<br />

jurídica y características de los convenios especiales de cooperación científica y<br />

tecnológica; iii) Vigencia y aplicación del decreto ley 393 de 1.991; iv) Inexistencia<br />

de omisiones esenciales y funcionales en la celebración de los convenios<br />

especiales de cooperación; v) Diferencia entre requisitos esenciales y no<br />

esenciales en la actuación contractual estatal (contrato o convenio especial); vi)<br />

Análisis de las conductas atípicas reprochadas en los diversos cargos formulados;<br />

vii) Inexistencia de la presunta falta disciplinaria reprochada en el tercer cargo y<br />

viii) Pruebas.<br />

La defensa con el fin de demostrar que los objetos de los convenios especiales de<br />

cooperación científica y tecnológica números 003 de 2007, 055 de 2008, 052 de<br />

2009 y 037 de 2009, correspondían a las actividades de ciencia y tecnología<br />

definidas por el Decreto Ley 393 de 1991 artículo 1° y Decreto 591 de 1991<br />

artículo 2°, y que su representado por tanto respeto los principios de transparencia<br />

y responsabilidad que gobiernan la actividad contractual, al utilizar la modalidad de<br />

contratación directa para celebrarlos, solicitó la práctica de las siguientes pruebas.<br />

4.1.3.2.1. Documentales:<br />

Estudio jurídico elaborado por el Dr. Carlos Gustavo Arrieta.<br />

Manual de Oslo. Es una publicación de la Organización para la<br />

Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE, con el título ―Medición de<br />

las Actividades Científicas y Tecnológicas. Directrices propuestas para<br />

recabar e interpretar datos de la innovación tecnológica‖.<br />

Concepto emitido por el Dr. Leonidas Tobón, quien fue Director de<br />

Desarrollo Tecnológico del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para<br />

el momento de la suscripción de los Convenios 003 de 2007, 055 de 2008,<br />

037 y 052 de 2009. En este estudio el referido profesional explica por qué<br />

razón el proceso de facilitar la instalación de un sistema de riego a un<br />

proyecto productivo agropecuario implica una transferencia tecnológica.<br />

Aun cuando el defensor no se refiere en sus alegatos al concepto, es<br />

valido señalar que el mismo contiene una introducción, una reflexion sobre<br />

la innovación y competitividad agropecuaria, se trata el tema de los<br />

proyectos de riego y drenaje como transmisores de técnologia y en este<br />

Grupo Asesores Anticorrupción. Exts. 12427. Fax 12495 asesoresanticorrupcion@procuraduria.gov.co<br />

Carrera 5 No. 15-80 piso 24 PBX 5878750 www.procuraduria.gov.co<br />

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