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FALLO%20AGRO%20INGRESO%20

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Tampoco explica por qué la colaboración científica y tecnológica de una<br />

organización como allí se enuncia contribuirá a la implementación de nuevas<br />

técnicas en sistemas de riego que permitirán la profunda transformación del<br />

aparato productivo agropecuario y como esto a su vez se enmarca en alguna de<br />

las actividades científicas y tecnológicas del artículo 2 del Decreto 591 de 1991.<br />

Un estudio previo no es enunciativo es realmente eso, un estudio. De ahí que<br />

pretender que un documento que en principio lo denominaron términos de<br />

referencia, donde fijaron pautas directas para el IICA y no para un organismo en<br />

general, pues así como el IICA podía tener la idoneidad y experiencia en temas<br />

agrícolas, también otras entidades nacionales o internacionales podían también<br />

haber participado, si realmente se hubiera hecho un estudio previo y no un<br />

documento direccionado y tendiente a fijar pautas y reglas de lo que sería el futuro<br />

convenio 055 de 2008 que se celebraría con el IICA. Esto solo puede ser<br />

considerado como una actitud que pretende distraer y confundir para alejar al<br />

despacho de la búsqueda de la verdad real en este proceso y la responsabilidad<br />

que le atañe a los sujetos investigados, pues no es posible que abogados en sus<br />

condiciones de asesores jurídicos bien sea de la unidad coordinadora de AIS o<br />

como jefes de la oficina asesora jurídica del MADR con un alto perfil profesional y<br />

académico en la materia contractual confundan documentos y fase<br />

sustancialmente diferentes dentro de la etapa previa de la contratación estatal.<br />

De las condiciones del contrato a celebrar, tales como objeto, plazo y<br />

lugar de ejecución del mismo. 428 (Decreto 2170 de 2002, art. 8º,<br />

numeral 3°)<br />

Este requisito guarda relación con los requisitos definidos por los numerales 1º y<br />

9º del artículo 10 del Decreto 2170 de 2002 (objeto del contrato, plazo y forma de<br />

pago del contrato)<br />

En el documento Términos de Referencia, objeto de análisis se estableció que se<br />

celebraría un convenio de ciencia y tecnología para la implementación, desarrollo<br />

y ejecución de la convocatoria pública de riego y drenaje, que permita la<br />

asignación de recursos de del Programa Agro Ingreso Seguro –AIS-, y del<br />

subsidio para la realización de obras de adecuación de tierras, a que se refiere el<br />

artículo y se fijó que el término de duración se extenderá desde la fecha de<br />

aprobación de la garantía única hasta el 31 de diciembre de 2009.<br />

En este punto se trae a colación lo expuesto cuando se indicó la omisión de un<br />

estudio y análisis de la necesidad que la entidad pretendía satisfacer, pues si ello<br />

fue inexistente, no se entiende bajo qué motivos, razones, argumentos se definió<br />

que la entidad debía realizar una convocatoria pública de riego y drenaje, cuáles<br />

serían los parámetros que la misma debería contener, porqué esta invitación<br />

428 «ANALISIS DE LAS CONDICIONES DEL CONTRATO. Dentro de los estudios previos se impone el análisis del objeto<br />

que se contratará, las condiciones de ejecución, lugar del cumplimiento, plazo, forma de pago, etc...»(PINO RICCI JORGE.<br />

El régimen jurídico de los contratos estatales. Universidad Externado de Colombia, 1ª. Ed. Diciembre de 2005, pág. 163.)<br />

Grupo Asesores Anticorrupción. Exts. 12427. Fax 12495 asesoresanticorrupcion@procuraduria.gov.co<br />

Carrera 5 No. 15-80 piso 24 PBX 5878750 www.procuraduria.gov.co<br />

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