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FALLO%20AGRO%20INGRESO%20

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General de la Nación y reconocido abogado especialista en temas de<br />

contratación estatal, para demostrar que el régimen aplicable a los<br />

convenios especiales de cooperación científica y tecnológica 003 de 2007,<br />

055 de 2008, 037 de 2009 y 052 de 2009, es el contenido en el Decreto Ley<br />

393 de 1991, por lo que no requerían estudios previos, además que el<br />

manual de contratación del MADR no era aplicable a tales convenios, pero<br />

que los estudios previos sí se produjeron con anterioridad a la suscripción<br />

de cada convenio y se hallaban acordes con los requisitos contenidos en el<br />

Decreto 2170 de 2002 en su artículo 8° y Decreto 2474 de 2008.<br />

Para ilustrar acerca de la fecha de realización de los estudios cuestionados,<br />

así como del convenio al cual se corresponden como su antecedente, se<br />

solicitó declaración juramentada de las siguientes personas: CAMILA<br />

REYES DEL TORO, quien desempeñaba el cargo de Directora de<br />

Comercio y Financiamiento del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural<br />

para el año 2007, y JAVIER ENRIQUE ROMERO MERCADO, quien<br />

desempeñaba el cargo de Director de Desarrollo Rural del Ministerio de<br />

Agricultura y Desarrollo Rural.<br />

Con la finalidad de demostrar que las Fichas de Estadística Básica de<br />

Inversión EBI, no acreditan ni controvierten el tipo contractual de un<br />

convenio o la naturaleza de las actividades que en él se desarrollan, y que,<br />

incluso, en el caso materia en cuestión, al haberse advertido que se<br />

negaban las actividades de ciencia y tecnología, se corrigió esta situación<br />

para los años 2008 y 2009, se solicitó el testimonio de las siguientes<br />

personas: DANIEL NEREA, funcionario de la Dirección de Planeación y<br />

Seguimiento Presupuestal del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural,<br />

único usuario acreditado para elaborar las fichas EBI; ALBA SÁNCHEZ,<br />

Directora de Seguimiento Presupuestal del Ministerio de Agricultura y<br />

Desarrollo Rural; DIANA MARGARITA QUINTERO CUELLO, Directora de<br />

Inversiones y Finanzas del Departamento Nacional de Planeación.<br />

4.1.1.3. Asunto a tratar<br />

De acuerdo con el primer cargo formulado en contra del implicado ANDRES<br />

FELIPE ARIAS LEIVA, relacionado con su intervención en la celebración de los<br />

convenios especiales de cooperación científica y tecnológica números 03 de 2007<br />

y 055 de 2008, con omisión de estudios, así como con su intervención en los<br />

convenios especiales de cooperación científica y tecnológica números 052 y 037<br />

de 2009, sin contar ni exigir estudios precisos y completos, será procedente<br />

examinar lo atinente a la observancia de los principios en la contratación estatal,<br />

así como la exigencia de estudios previos a la celebración de cualquier contrato o<br />

convenio, para entrar luego a resolver en concreto.<br />

De la observancia de los principios en la contratación estatal<br />

Grupo Asesores Anticorrupción. Exts. 12427. Fax 12495 asesoresanticorrupcion@procuraduria.gov.co<br />

Carrera 5 No. 15-80 piso 24 PBX 5878750 www.procuraduria.gov.co<br />

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