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FALLO%20AGRO%20INGRESO%20

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gastos de administración y operación del programa, para garantizar que la gran mayoría<br />

de los recursos deben destinarse a sus componentes, se incluyó este parágrafo, dejando<br />

un porcentaje un poco más alto en el primer año, debido a la necesidad de establecer una<br />

línea de base que será fundamental.‖ (Subrayo fue de texto)<br />

Contrario a las conclusiones expuestas por el Dr. JAIRO ALBERTO CANO PABON, ex<br />

Contador General de la Nación, en su consulta sobre contabilidad pública, al indicar: 129<br />

―Por todo lo antes expuesto, las apropiaciones y ejecuciones realizadas por las<br />

actividades de ―Evaluación y seguimiento‖ y Divulgación programa‖ AIS, consideradas<br />

inherentes al desarrollo del mismo, no pueden ser clasificadas y, en consecuencia,<br />

tampoco computadas como parte de los porcentajes que la Ley 1133 de 2007 ha definido<br />

en su artículo 6 como límite de los gastos operativos y administrativos imputables a su<br />

ejecución.‖ Como quiera que el legislador precisó los GASTOS OPERATIVOS que<br />

consideró necesarios para la implementación Agro Ingreso Seguro, estrictamente<br />

necesarios para que la inversión alcance el objetivo de satisfacer las necesidades de la<br />

sociedad, denominados Costos operativos que incluyen:<br />

La evaluación del impacto,<br />

La auditoría general,<br />

La divulgación y<br />

Socialización del programa»<br />

Además de este componente de costos operativos, los proyectos de inversión<br />

deben contemplar, los gastos financieros y especificar los gastos de<br />

funcionamiento inherentes al proyecto mismo, financiados con la misma partida<br />

presupuestal.<br />

En este contexto, los gastos administrativos del programa no se pueden<br />

limitar a los gastos de funcionamiento de la unidad coordinadora del<br />

programa, también involucra los gastos administrativos y operativos<br />

incluidos en los convenios celebrados con los ejecutores finales, aprobados<br />

por un COMITÉ ADMINISTRATIVO en el PLAN OPERATIVO, que forma parte<br />

integral de cada uno de los instrumentos.<br />

Sumados todos los gastos administrativos y operativos, pactados en los<br />

convenios suscritos durante la vigencia, con los recursos de AIS, estos no<br />

deben superar el techo establecidos por la ley, ya que el propósito de este<br />

techo era precisamente limitar estos gastos, garantizando una mayor<br />

disponibilidad de recursos para asignación a los productores.<br />

Visitas especiales al Departamento Nacional de Planeación, Ministerio de<br />

Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Agricultura y Desarrollo<br />

Económico.<br />

129 (Fls 3515 a 3523 C. Original 14)<br />

Grupo Asesores Anticorrupción. Exts. 12427. Fax 12495 asesoresanticorrupcion@procuraduria.gov.co<br />

Carrera 5 No. 15-80 piso 24 PBX 5878750 www.procuraduria.gov.co<br />

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