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FALLO%20AGRO%20INGRESO%20

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como a su representante. Se requiere establecer cual es el caudal otorgado para cada<br />

uno de ellos, así como determinar si tienen captación diferente y en qué predio se<br />

encuentra. Como ninguno de los proyectos propuestos por SOVIJILA S.A., VICALA S.A.,<br />

VIZU, MEVICALA, SANVI S.A., VIBEYCH, INMOBILIARIA KASUMA, CONSTRUMUNDO,<br />

BANAVICA, VICALVI, estaba presentado por Álvaro Vives Lacouture ni por CI Banapalma<br />

tal concesión requería permiso previo de la autoridad ambiental para su uso por terceros.<br />

En las MERCEDES, ni antes ni después de la firma del acuerdo de financiamiento, se<br />

evidencia que se haya aportado la resolución que otorgaba la concesión; tampoco se<br />

evidencia que los expertos, el IICA, el interventor o el Ministerio, hagan referencia a esta<br />

situación.<br />

La resolución expedida por CORPOGUAJIRA (1599 de 11 de junio de 2007) a las<br />

empresas: CI LA SAMARIA, CI ECOFAIR, CI AGROTROPICO, y AGROPECUARIA DEL<br />

CARIBE, que obra en los expedientes no corresponde a una concesión que ampare el<br />

Proyecto LAS MERCEDES. En el artículo 13 establece que: “en el evento de que las<br />

empresas involucradas en el proyecto de siembra de 700 has de banano orgánico deseen<br />

utilizar las aguas otorgadas por la Corporación en el marco de otras concesiones de<br />

aguas deberán solicita a la entidad las modificaciones requeridas”. Igualmente en el<br />

artículo 7º. La Corporación establece que: “CORPOGUAJIRA al no tener la certeza<br />

sobre la capacidad de carga del acuífero aluvial del Río Tapias, y al sospechar un<br />

avance de la cuña marina en este acuífero, como reaccion a la extracción de agua que<br />

demanda un proyecto de siembra de 700 hectáreas de banano puede hacer uso del<br />

principio de precaución…” C293-02… Sin embargo dado que el proyecto de siembra de<br />

banano Proyecta generar empleo en la región, y debido a su cualidad de orgánico (baja<br />

o ninguna utilización de agroquímicos), puede permitirse la concesión…”.<br />

De conformidad con esta concesión si C.I. LA SAMARIA, titular de la concesión, fuera<br />

proponente en los proyectos de las Mercedes, bien podría haberla utilizado, pero única y<br />

exclusivamente para sembrar banano orgánico, no para palma africana.<br />

De conformidad con la información cotejada, el siguiente cuadro muestra los proyectos<br />

que no cuentan con concesión:<br />

Proponente<br />

Nombre del predio<br />

presentado<br />

Concesión de Aguas<br />

JUAN MANUEL DÁVILA JIMENO<br />

CAMPO GRANDE PARTE<br />

1<br />

NO TIENE<br />

ANA MARIA DAVILA FERNANDEZ<br />

DE SOTO<br />

CAMPO GRANDE PARTE<br />

2<br />

NO TIENE<br />

JUAN MANUEL DAVILA<br />

FERNANDEZ DE SOTO<br />

CAMPO GRANDE PARTE<br />

3<br />

NO TIENE<br />

MARIA CLARA FERNANDEZ DE<br />

SOTO<br />

CAMPO GRANDE PARTE<br />

4<br />

NO TIENE<br />

NICOLAS SIMON SOLANO TRBIN MARIA LUISA 2 NO TIENE<br />

GUSTAVO SOLANO TRIBIN MARIA LUISA 3 NO TIENE<br />

SOVIJILA SA LA ESPERANZA No TIENE<br />

VICALVI SA ARROYO CLARO NO TIENE<br />

SOVIJILA SA (PATRICIA VIVES<br />

LACOUTURE)<br />

LA ESPAÑOLA NO TIENE<br />

VICALA S.A. (ROBERTO EUSEBIO<br />

VIVES LACOUTURE)<br />

PALMA NUEVA NO TIENE<br />

VIBEYCH LUCIANA NO TIENE<br />

VIZU (MARIA LUISA ZUÑOGA MARIA LUISA VIZU NO TIENE<br />

Grupo Asesores Anticorrupción. Exts. 12427. Fax 12495 asesoresanticorrupcion@procuraduria.gov.co<br />

Carrera 5 No. 15-80 piso 24 PBX 5878750 www.procuraduria.gov.co<br />

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