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FALLO%20AGRO%20INGRESO%20

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La Interventoría o Supervisión implica imparcialidad, por lo que bien en la<br />

interpretación del contrato y en la toma de decisiones la Interventoría o<br />

Supervisión debe cumplir con los objetivos de su función, como son verificar,<br />

controlar, prevenir y exigir.<br />

Verificará mediante el control de la ejecución del contrato para poder establecer su<br />

situación y nivel de cumplimiento; lo que se definirá con la aplicación de<br />

correctivos, la exigencia del cumplimiento de lo contratado, la solución de los<br />

problemas y la absolución de dudas.<br />

Con una buena labor de inspección, asesoría, comprobación y evaluación, se<br />

logra controlar si la ejecución del contrato se ajusta a su objeto, conforme con las<br />

especificaciones técnicas, las actividades presupuéstales, administrativas, legales<br />

establecidas y dentro del plazo de ejecución. Más que sancionar el<br />

incumplimiento de las obligaciones, está la de advertir y proponer<br />

correctivos frente a las situaciones o conceptos desacertados, impidiendo<br />

que se descarríe el objeto del contrato o convenio.<br />

No obstante si durante el avance de la relación contractual no se está cumpliendo<br />

con las cláusulas establecidas en el contrato y en los términos de la oferta del<br />

contratista, la supervisión adquiere la obligación de informar y exigir a las partes el<br />

debido cumplimiento de los términos y condiciones contractuales y las garantías<br />

constituidas para dicho fin, sin desconocer los límites de sus atribuciones, y sin<br />

invadir los espacios de autonomía que tienen los contratistas.<br />

El objeto de la interventoría fue establecido por el Ministerio de Agricultura y<br />

Desarrollo Rural en los siguientes términos: 585<br />

«En cumplimiento de los mandatos constitucionales y legales, el Ministerio<br />

debe adelantar el seguimiento, control y vigilancia sobre los bienes,<br />

servicios y obras que contrate con particulares, con otras entidades<br />

públicas, con organismos internacionales, entre otros, para cumplir con las<br />

finalidades que se propone, de conformidad con los términos, las<br />

condiciones, las especificaciones y demás especificidades pactadas en los<br />

Pliegos de Condiciones o Estudios y Documentos Previos, en la propuesta<br />

técnica y económica y en el clausulado del contrato, en términos de calidad,<br />

de cantidad, de precio y de plazo, para lo cual se debe designar uno o más<br />

interventores como responsables de esta acción.»<br />

De igual manera, en el alcance de la interventoria se indica que contempla las<br />

áreas técnicas y financieras del contrato o convenio objeto de interventoría, el<br />

cual inicia ―automáticamente termine la legalización del respectivo contrato o<br />

convenio, y solo concluyen con el acto de liquidación del mismo‖ 586 . En cuanto a<br />

su alcance se indica que ―Este documento es de obligatoria consulta y aplicación<br />

585 C.p. 5. Fl. 1150 vuelto, página 10 del manual de interventoría versión 2008. De manera similar fue contemplado en el<br />

manual de interventoría versión 2006, Página 9, Fl. 81 del c.a. 2.<br />

586 Alcance de la interventoria. Folio 1150 cuaderno 5.<br />

Grupo Asesores Anticorrupción. Exts. 12427. Fax 12495 asesoresanticorrupcion@procuraduria.gov.co<br />

Carrera 5 No. 15-80 piso 24 PBX 5878750 www.procuraduria.gov.co<br />

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