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FALLO%20AGRO%20INGRESO%20

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el cálculo de evapotranspiración potencial, uso consultivo (…)» para luego señalar<br />

que «El estudio reportado debe contener como mínimo el cálculo del uso<br />

consuntivo, este parámetro se puede obtenerse por varios métodos entre ellos<br />

curvas de retención de humedad. Es razón suficiente para declararlo inviable.».<br />

De idéntica forma, esta observación también fue consignada frente al proyecto de<br />

SOVIJILA S.A.- Finca la Española (de la Hacienda San Diego en el Cesar), y LAS<br />

MERCEDES 1, proponente ECOBIO COLOMBIA LTDA.<br />

El numeral 3.2 de los términos de referencia contempla el capítulo denominado<br />

TOPOGRAFÍA Y DISEÑO DE LAS OBRAS: «Este componente tiene como<br />

objetivo principal, en relación con los aspectos de ingeniería, presentar los diseños<br />

de las obras que integren la alternativa técnica, económica y ambiental más<br />

conveniente para el proyecto, de acuerdo con las siguientes condiciones: 3.2.1.<br />

Levantamiento topográfico. (…) 3.2.3. Captación, Conducción y Distribución.<br />

(…)»<br />

«3.2.1. Levantamiento Topográfico.<br />

La topografía general para el diseño de todas las obras referentes al<br />

proyecto, deberá ser obtenida acorde con las características del proyecto,<br />

indicando los linderos de los predios y principales accidentes topográficos,<br />

así:<br />

En zonas de ladera, para pendientes menores al 10%, curvas con cota<br />

máximo cada 5 metros. Por su parte, para pendientes mayores al 10%,<br />

curvas con cota máximo cada 10 metros;<br />

En las zonas bajo riesgo por aspersión, micro aspersión y goteo, se debe presentar<br />

como mínimo la cota máxima y la cota mínima;<br />

En las zonas bajo riego por gravedad, se debe presentar un levantamiento con<br />

cotas cada 0.25 metros.<br />

En los sitios en los que se van a construir estructuras del sistema de riego tales<br />

como captaciones, estaciones de bombeo, subestaciones de bombeo, casetas,<br />

etc., el levantamiento topográfico se debe hacer cada 0.25 metros.»<br />

En los análisis que hizo la firma EDIAGRO para el informe presentado al MADR<br />

con el fin de determinar si se presentó fraccionamiento, entendido por tal la<br />

presentación de varias iniciativas de manera simultánea para beneficiar un mismo<br />

predio con el propósito de acceder a apoyos económicos por un monto superior al<br />

máximo establecido en la convocatoria, se definió como ―predio‖ el área de<br />

terreno comprendida dentro de los linderos de una matrícula predial y se concluyó<br />

que varios contratos de arriendo estipulan que las mejoras realizadas en el<br />

inmueble quedarán bajo la propiedad de los arrendadores al terminar el contrato y<br />

se deja la opción de terminación anticipada de los mismos, en cuyo caso, el<br />

beneficiario final de varios proyectos podría terminar siendo el dueño de la tierra.<br />

Grupo Asesores Anticorrupción. Exts. 12427. Fax 12495 asesoresanticorrupcion@procuraduria.gov.co<br />

Carrera 5 No. 15-80 piso 24 PBX 5878750 www.procuraduria.gov.co<br />

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