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FALLO%20AGRO%20INGRESO%20

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En punto al convenio 055 de 2008 manifestó que el proyecto de documento<br />

precontractual para la celebración de este convenio contenía la información<br />

requerida por el decreto 2170 aplicable para la época, así como la información<br />

requerida por el manual de contratación aplicable en dicho momento, agrega que<br />

esa manera ese estudio describía la necesidad que pretendía ser satisfecha<br />

mediante la contratación correspondiente, adicionalmente definí el objeto, el plazo,<br />

las obligaciones de las partes, el gobernó del convenio, la interventoría y las<br />

pólizas que debían ser constituidas para amparar los riesgos previsibles.<br />

Adicionalmente señaló que los documentos precontractuales estaban precedidos<br />

de una política pública del gobierno nacional respaldada en normas de carácter<br />

legal que le daban el sustento a la asignación de apoyos para la construcción de<br />

obras de riego y drenaje.<br />

En consecuencia, puntualizó que los documentos precontractuales para la<br />

celebración de los convenios con el IICA que permitirían la realización de las<br />

convocatorias de riego desde el punto de vista jurídico si cumplían con lo<br />

establecido en las normas citadas en cuanto contenían todos los elementos por<br />

ellas exigidos.<br />

De manera detallada explicó que a partir de las instrucciones que recibió del<br />

Ministerio de Agricultura canalizadas a través del director de la Unidad<br />

Coordinadora, quien le dada directamente las orientaciones sobre la forma en que<br />

iban a celebrar dichos convenios, procedió a realizar la actualización de los<br />

documentos precontractuales que fueron utilizados para la celebración del<br />

convenio 003 de 2007.<br />

Basado en los correos electrónicos que aportó en testimonio, expuso<br />

cronológicamente el desarrollo de la fase previa a la celebración del convenio 055<br />

de 2008 así:<br />

En el correo del 16 de octubre de 2007 enviado por AMPARO MONDRAGON, del<br />

MADR fue informado que los documentos precontractuales debían quedar en<br />

cabeza de la Dirección de Desarrollo Rural, aclaró que desconoce la forma como<br />

fue asignada esta competencia al interior del MADR e igualmente precisó que<br />

tampoco recibió contraorden alguna por parte del Director de la Unidad<br />

Coordinadora, de la Directora de Planeación, del Jefe de la Oficina Jurídica, o<br />

directamente del Dr. JAVIER ROMERO o su asesora Dra. CECILIA LOZANO.<br />

En el correo electrónico del 17 de noviembre de 2007 le remitió a JAVIER<br />

ROMERO un listado con los documentos de soporte que exigía la oficina jurídica<br />

para la celebración de cualquier tipo de convenio; agregó que el propósito de este<br />

correo fue informar al DR. JAVIER ROMERO sobre todos los documentos que<br />

debían ser solicitados al futuro contratista para ser allegados a la oficina jurídica,<br />

como el RUT, certificado de existencia y representación legal, certificados de<br />

Grupo Asesores Anticorrupción. Exts. 12427. Fax 12495 asesoresanticorrupcion@procuraduria.gov.co<br />

Carrera 5 No. 15-80 piso 24 PBX 5878750 www.procuraduria.gov.co<br />

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