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RESTRICCIONES PARA TODOS

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2. Sólo podrá pautarse publicidad oficial por razones impostergables (licitaciones, emergencias), y exenta de toda <br />

manifestación directa o indirecta que signifique campaña política a favor del partido gobernante. <br />

La ley no contempla nada de lo mencionado en los dos primeros puntos anteriores. Además, la prohibición de actos, <br />

inauguraciones o lanzamientos de programas —expresamente consagrada en la norma— ha sido sistemáticamente <br />

ignorada por la presidente Cristina Kirchner. <br />

Durante 2013 se produjo el caso de los avisos del político Francisco De Narváez, que terminó presentándose a los <br />

comicios legislativos de ese año, y que comenzó a difundir avisos en 04.2013 con el título Ella o vos. En la publicidad se <br />

criticaba a la presidenta Cristina Kirchner, pero no había exhortaciones concretas a votar por algún partido o persona. La <br />

justicia entendió que tales avisos violaban la Ley 26571 y el 03.05.2013 prohibió su transmisión. <br />

Antes de la sanción de esta ley, el gobierno kirchnerista ya se había caracterizado por aumentar el número de actos, <br />

actividades y publicidad oficiales en vísperas de elecciones. Esto se hizo aprovechando el vacío legal existente en ese <br />

entonces, utilizando las facilidades del Estado con fines partidistas, de modo de lograr el predominio comunicacional del <br />

partido del gobierno en las campañas (ver F.26.08.2011). <br />

09.12.2009<br />

Comienza a funcionar en forma efectiva el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (COFECA).<br />

§<br />

§<br />

§<br />

§<br />

Según la Ley de Medios la casi totalidad de las funciones del Consejo Federal de Comunicación<br />

Audiovisual (COFECA) son consultivas y mayormente simbólicas: “asesorar” al AFSCA y “proponer”<br />

pautas para los pliegos de bases y condiciones de los concursos para adjudicar licencias, así como a<br />

los jurados de éstos. Debe darse su propio reglamento interno y entregar a la Comisión Bicameral de<br />

Promoción y Seguimiento de la Comunicación un informe anual “sobre el estado de cumplimiento de<br />

la ley y del desarrollo de la radiodifusión en la Argentina”.<br />

Por otra parte, el COFECA debe proponer al poder ejecutivo 2 de los 7 directores de AFSCA y 2 de los<br />

7 directores de RTA SE (operadora de Canal 7 y Radio Nacional). En ambos casos, uno de los 2<br />

directores debe ser un académico representante de las carreras o facultades de comunicación de<br />

universidades nacionales.<br />

Pero el COFECA tiene además una función relevante, aunque de última instancia, que es la de<br />

remover a las autoridades de AFSCA por los dos tercios del total de sus integrantes.<br />

El COFECA se reunirá como mínimo cada 6 meses o extraordinariamente a solicitud del 25% de sus<br />

miembros. El quórum se conformará, tanto en convocatorias ordinarias como extraordinarias, con la<br />

mayoría absoluta del total de sus miembros.<br />

Según la Ley de Medios, los miembros del COFECA serán “designados” por el poder ejecutivo nacional<br />

“a propuesta de los sectores y jurisdicciones” en el número que a continuación se detallan:<br />

- 1 (25 en total) por cada provincia y por el gobierno de la Ciudad de B. Aires;<br />

- 3 por las entidades de licenciatarios de carácter comercial;<br />

- 3 por las entidades de licenciatarios sin fines de lucro;<br />

- 1 por las emisoras de las universidades nacionales;<br />

- 1 por las universidades nacionales con facultades/carreras de comunicación;<br />

- 1 por los medios públicos de todos los ámbitos y jurisdicciones;<br />

- 3 por los sindicatos de los medios de comunicación;<br />

- 1 por las sociedades gestoras de derechos;<br />

- 1 por los pueblos originarios (reconocidos ante el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, INAI).<br />

Durarán 2 años en sus funciones y “podrán ser sustituidos o removidos por el poder ejecutivo<br />

nacional a solicitud expresa de la misma entidad que los propuso”.<br />

De entre sus miembros se elegirá 1 presidente y 1 vicepresidente que durarán dos años en sus<br />

funciones y podrán ser reelectos.<br />

La primera composición del COFECA fue la siguiente 91 :<br />

91 Las designaciones fueron hechas por el Decreto 1709 (10.11.2009), salvo indicación expresa (hubo nuevas designaciones en<br />

13.11.2009 y 14.01.2010). Las abreviaturas de las entidades son las siguientes:<br />

ARPA:<br />

Asociación de Radiodifusoras Privadas Argentinas<br />

ARBIA:<br />

Asociación de Radiodifusoras Bonaerenses y del Interior de la República Argentina<br />

ATA:<br />

Asociación de Telerradiodifusoras Argentinas<br />

ARLIBA:<br />

Asociación de Radios Licenciatarias Independientes de Buenos Aires<br />

ACORCA: Asociación Cordobesa de Radiodifusión por Cable<br />

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