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RESTRICCIONES PARA TODOS

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a) Todas las señales de TV abierta VHF argentinas que se capten en el área de servicio del sistema.<br />

Cuando se haya concluido la migración a la TV digital abierta terrestre en UHF se determinará qué<br />

señales deberán reproducirse.<br />

b) Las señales de noticias argentinas que el organismo regulador califique como tales. La calificación se<br />

otorgará a señales que ofrezcan servicios periodísticos durante la mayoría del tiempo de transmisión<br />

y que tengan un tiempo mínimo de existencia previa. La empresa de cable, las señales competidoras<br />

o cualquier ciudadano podrá objetar la calificación ante la AA si considera que ésta ha sido otorgada<br />

indebidamente.<br />

c) Las señales de cable que genere el Estado a través de la AO (ver punto 22).<br />

22. Radiodifusión pública pluralista, no oficialista e independiente del Estado, empresas y de grupos de<br />

interés.<br />

22.1 El Estado nacional, a través de una AO (Autoridad Operadora) —similar a la actual Radio y Televisión<br />

Argentina (RTA SE)— contará en la capital del país con 1 emisora de AM, 3 de FM y 1 de TV abierta (hoy<br />

Radio Nacional y Canal 7). Adicionalmente, en cada localización del país que se determine tendrá a su cargo<br />

2 canales de TV digital (hoy posee 4, la llamada TDA estatal), los cuales emitirán por multiplexación, en<br />

principio, un total de cinco señales: una de ellas será la de Canal 7-Encuentro (ver abajo). (Las repetidoras<br />

analógicas actuales de Canal 7 se transformarán en repetidoras TDA.)<br />

22.2 En la plataforma TDA estatal no podrán emitirse señales de terceros, ni siquiera en forma precaria o<br />

temporal.<br />

Canal 7 y Encuentro se fusionarán en un mismo canal. El Estado nacional conservará Paka-Paka (infantil) e<br />

INCAAtv (dedicada exclusivamente al cine argentino). El resto de las señales estatales existentes (DeporTV,<br />

Tecnópolis TV, etc.) será absorbido por Canal 7-Encuentro. Se creará el Canal Ciudadano (donde cualquier<br />

persona individual podrá exponer su punto de vista o realización no comercial, con un formato similar a Digo<br />

TV, de la provincia de Buenos Aires, ver E.19.10.2012) y el Canal Solidario (en el que cualquier ONG<br />

previamente registrada podrá emitir programación relacionada con sus actividades). Estos dos últimos<br />

tendrán un alcance local para cada población en donde hubiera un transmisor de la plataforma TDA estatal y<br />

funcionarán con normas claras que otorguen tratamiento equitativo en el acceso e impidan que se desvirtúen<br />

los objetivos del servicio.<br />

La AO conservará las actuales filiales de Radio Nacional de distintas ciudades (40 filiales, cada una con 1 AM<br />

y FM) y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE, servicio internacional por onda corta, satélite o Internet).<br />

22.3 La programación de los medios de la AO y otros medios públicos consistirá exclusivamente en<br />

contenidos culturales, artísticos, educativos y de construcción de ciudadanía, con un sentido alternativo a<br />

los medios privados, contra los cuales no debe competir.<br />

Deberán además reflejar la diversidad política, cultural, filosófica, étnica, religiosa, etc. Todo contenido<br />

que exponga una escuela de pensamiento, filosofía o manifestación determinada deberá motivar la<br />

inclusión, en ese u otros espacios, de las visiones opuestas. Si esto último no ocurriera y ante la petición<br />

ciudadana o de entidades interesadas, el medio público queda obligado a incorporar el punto de vista<br />

correspondiente y/o a darles acceso a sus exponentes.<br />

Los servicios periodísticos seguirán esos mismos lineamientos y no deberán contener sesgos editoriales a<br />

favor del gobierno o de ninguna otra entidad.<br />

Los medios de la AO y otros medios públicos (provinciales, municipales o universitarios) no podrán ser<br />

afiliados de redes de radio y TV privadas. Sólo podrán retransmitir sus programas en forma ocasional, cuando<br />

existan razones de interés público. Tampoco podrán ser arrendados a empresas privadas ni ser gerenciados<br />

por éstas.<br />

22.4 INCAAtv se obliga a transmitir cada año por su señal todas las películas argentinas que hubiesen<br />

recibido el subsidio correspondiente en ese año (ver 31.3).<br />

22.5 La AO estará compuesta por un directorio con participación de la oposición y la sociedad civil,<br />

designado en un 40% por el poder ejecutivo y el 60% por el poder legislativo (incluyendo representantes de la<br />

mayoría y minorías), cuyos miembros durarán 4 años y asumirán sus cargos en la mitad de cada periodo<br />

presidencial; no podrán ser renovados. El organismo no podrá ser intervenido bajo ningún concepto ni<br />

impugnar a los representantes de las minorías parlamentarias o de la sociedad civil. Sin embargo, los<br />

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