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RESTRICCIONES PARA TODOS

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otras empresas, también había participado en esa licitación, pero finalmente tomó la decisión de<br />

retirarse.<br />

03.02.2007<br />

El secretario de Medios, Enrique Albistur, dijo que los periodistas dejaron de ser necesarios para<br />

comunicar las decisiones presidenciales.<br />

§<br />

El secretario de Medios, Enrique Albistur, afirmó: “Los periodistas no entienden que el presidente<br />

tiene un estilo y ese estilo es lo que algunos denominan como ‘el atril asesino’. El presidente se<br />

comunica directamente con la gente. También es un acto de soberbia de algunos periodistas decir<br />

que Kirchner comete un error porque carece de intermediación. Eso es lo que les duele a los<br />

periodistas: dejaron de ser intermediarios necesarios”.<br />

04.02.2007<br />

Albistur dice que “no le damos” publicidad oficial a Perfil porque es “sensacionalista” y porque “ha<br />

cometido errores periodísticos”.<br />

§<br />

§<br />

El secretario de medios Enrique Albistur dijo que “a la revista Noticias y al semanario Perfil, que<br />

Jorge Fontevecchia llama diario, no le damos publicidad oficial porque pertenece a un tipo de<br />

periodismo amarillo, sensacionalista, con rasgos de extorsión. Es un medio que ha cometido errores<br />

periodísticos que no ha reconocido. Como cuando confundió al hijo del presidente con el yerno del<br />

empresario Raúl Moneta”. Estas declaraciones las hizo en el suplemento Enfoques, de La Nación.<br />

Albistur dijo también que el reparto de la publicidad oficial se basaba en “criterios propios” que<br />

tenían que ver con “decisiones políticas” para “bancar un pluralismo más interesante”.<br />

Albistur suponía que el dinero de publicidad oficial puede “darse” o “quitarse” por criterios subjetivos y discrecionales. Si <br />

bien es cierto que ningún medio tiene derecho intrínseco a la publicidad oficial, ésta debe ser repartida en forma <br />

equitativa; tampoco puede otorgarse o quitarse como premio o castigo por su línea editorial. (Este último criterio fue <br />

esbozado por la Relatoría para la Libertad de Expresión de la OEA en su Informe de 2003.) En última instancia, la <br />

publicidad oficial no puede utilizarse como mecanismo de subvención de medios. Esas subvenciones deberían efectuarse <br />

a través de partidas presupuestarias ad hoc, aportes de organismos culturales o créditos bancarios que se otorguen con <br />

la máxima transparencia. <br />

05.09.2007<br />

La Corte Suprema reconoce por primera vez que la publicidad oficial debe sujetarse a criterios<br />

“razonables y justificados” en el fallo sobre el caso diario Río Negro contra la Provincia del Neuquén.<br />

§<br />

§<br />

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§<br />

§<br />

La Corte Suprema de Justicia obligó al gobierno de la Provincia del Neuquén a restablecer la<br />

publicidad oficial en el diario Río Negro. El fallo señaló que “el retiro de la publicidad oficial<br />

configuró una restricción indirecta a la libertad de prensa, ya que no se basó en criterios razonables<br />

y justificados”.<br />

A través de un amparo, la Corte le dio la razón al diario, que entabló una demanda contra el<br />

gobierno provincial neuquino en 01.2003 en la cual sostenía que la publicidad oficial le fue retirada<br />

en represalia por sus coberturas. Para el máximo tribunal fue un acto de censura indirecta. (La<br />

Provincia dejó de pautar avisos oficiales en Río Negro en 12.2002, luego de que el diario informó<br />

sobre presuntos sobornos que involucrarían al gobernador Jorge Sobisch.)<br />

Para la Corte, ningún gobierno está obligado a pautar publicidad oficial, pero no puede distribuirla<br />

arbitrariamente, ni debe tener en cuenta los enfoques editoriales de los medios en esa distribución.<br />

En sus palabras “el Estado —si dispone la realización de publicidad de sus actos y de la concreción de<br />

sus proyectos— no puede asignar los recursos disponibles de manera arbitraria, en base a criterios<br />

irrazonables”.<br />

El tribunal dijo que la libertad de expresión puede ser violada no sólo por la interferencia directa del<br />

gobierno, sino también por prácticas abusivas en materia de publicidad oficial, las que pueden<br />

afectar indirectamente la libertad y la independencia editoriales.<br />

Con esta resolución, la Corte Suprema reconoció por primera vez que la distribución de la publicidad<br />

oficial debe sujetarse a criterios “razonables y justificados”.<br />

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