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transmitir y poner en contexto la comunicación oficial y d) cuando se recurre en forma abusiva a la<br />

“cadena nacional”.<br />

En términos concretos, la presente PARTE F repasa y analiza la distribución, volumen económico y<br />

los contenidos de la publicidad oficial (además de su marco legal y los fallos judiciales relacionados con<br />

el tema). También se tratan las conferencias de prensa y otras formas de comunicación gubernamental<br />

(en particular declaraciones presidenciales y de otros funcionarios), al igual que el uso de la cadena<br />

nacional 197 :<br />

2003 - presente<br />

Falta de voluntad para implantar un marco legal que suprima o reduzca la discrecionalidad en los<br />

contenidos y la distribución de la publicidad oficial del gobierno nacional.<br />

§<br />

§<br />

Las normas que rigen específicamente la publicidad oficial del Estado nacional son escasas e<br />

imprecisas. El gobierno no sólo puede definir sus contenidos sin ninguna limitación, sino también<br />

distribuirla con una discrecionalidad y arbitrariedad casi total.<br />

El Decreto 2219 del 06.07.1971 (modificado por los decretos 1638/72 y 56/75) fue hasta 2009 el<br />

único marco legal aplicable. Originariamente disponía que el pautado (colocación en los medios) de<br />

la publicidad oficial debía centralizarse en Télam 198 , pero la parte creativa y de producción podía<br />

contratarse con terceros.<br />

Así se originó la doble condición insólita de esta empresa del Estado por la cual opera simultáneamente como <br />

una agencia de noticias y una agencia publicitaria cautiva del propio gobierno, lo que supone un verdadero <br />

conflicto de intereses desde el punto de vista de la independencia informativa. <br />

§<br />

§<br />

§<br />

§<br />

§<br />

§<br />

El Decreto 56 (10.01.1975), determinó que todas las funciones publicitarias oficiales (incluso la<br />

creatividad y la producción) debían efectuarse exclusivamente por Télam. Este decreto señalaba<br />

explícitamente que Télam podía pautar la publicidad “en los medios que considere más<br />

convenientes”, sin atenerse a ningún criterio o limitación.<br />

A pesar del Decreto 56/75, durante muchos años se ha contratado a terceros (publicitarios<br />

individuales o agencias de publicidad privadas) para realizar la creatividad y la producción de los<br />

avisos.<br />

Sin embargo, el pautado y la contratación de los avisos tuvo lugar siempre por Télam (con algunas<br />

excepciones desde los años 90 indicadas más abajo), normalmente por contratación directa: se<br />

libraba una orden de publicidad concreta en la que se determinaba dónde se colocaría cada aviso y<br />

cuánto se pagaría por el mismo.<br />

Ni el Decreto 2219/71, ni el 56/75 —o ninguna otra norma— especificaban cuál debía ser el contenido<br />

de la publicidad oficial, ni el carácter que debían tener las contrataciones, ni los procedimientos a<br />

seguirse.<br />

En los 90, se decidió excluir a la Secretaría de Turismo, la Lotería Nacional y la AFIP de las normas<br />

del Decreto 2219/71, lo cual implicó autorizarlas a crear y contratar publicidad independientemente.<br />

Las mismas excepciones se decretaron en 2008 para la ANSES y en 2009 otra vez para la AFIP, así<br />

como para la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), la Superintendencia de Servicios de<br />

Salud (SSI) y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (conocido como<br />

PAMI).<br />

197 El uso partidario, propagandístico o sectario de los medios de comunicación generales operados por el Estado se repasa en la<br />

PARTE E - Amigos son los amigos: Creación de un aparato de propaganda y cooptación de medios con fondos públicos y<br />

privilegios selectivos.<br />

198 En este como en los sucesivos decretos, cuando se menciona a Télam se hace referencia a la vez a los organismos antecesores<br />

de la actual Secretaría de Comunicación Pública (SCP), bajo cuya órbita se situó la agencia desde 1968 como sociedad anónima o<br />

sociedad del Estado, según las épocas. Se supone que Télam es el brazo ejecutor de esta secretaría en cuanto a la elaboración y<br />

pautado de la publicidad oficial, pero —también de acuerdo a las distintas épocas y gestiones— la agencia ha tenido a veces más<br />

autonomía y en otras menos para desarrollar esa labor. Desde 2011 el manejo efectivo de la publicidad oficial es llevado<br />

adelante por La Cámpora desde una unidad de la SCP, que le da directivas detalladas a Télam (igualmente a cargo de La<br />

Cámpora).<br />

La SCP se denominó previamente Secretaría de Difusión y Turismo (1968-1971), Secretaría de Prensa y Difusión (1971-1976),<br />

Secretaría de Información Pública (1976-1987), Secretaría de Cultura y Comunicación Social (1987-1989), otra vez Secretaría de<br />

Prensa y Difusión (1989-1990), Secretaría de Medios de Comunicación (1990-1999), Secretaría de Cultura y Comunicación (1999-<br />

2001) y nuevamente Secretaría de Medios de Comunicación (2001-2011).<br />

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