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LA METAMORFOSIS DE LA IDEOLOGÍA - El Corte Inglés

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(243) En “<strong>El</strong> Espíritu de los mejores diarios”, publicó Valentín de Foronda unas<br />

“Cartas político-económicas”, en la primera de las cuales, inserta en el<br />

número de 17 de noviembre de 1778, escribe: Lo primero que aconsejo<br />

a Vm. es que reconcentre toda su atención para penetrarse de la verdad más<br />

importante y es que los derechos de propiedad, libertad y seguridad, son los<br />

tres manantiales de la felicidad de todos los estados. Cit. en R. HERR, op.<br />

cit. pág. 150.<br />

(244) Las “Cartas político-económicas al Conde de Lerena” fueron atribuidas a<br />

Campomanes, y así lo hizo su editor Antonio Rodríguez Villa en 1878.<br />

Desacreditada esa atribución, se pensó también en Cabarrús como autor.<br />

Hoy parece haberse probado definitivamente que fueron escritas<br />

por León de Arroyal, como puede verse en la edición de las “Cartas”<br />

realizada en 1971 por José Caso González. En ellas se considera que<br />

los derechos esenciales son los de propiedad, libertad e igualdad y sobre<br />

el de libertad se dice: “La libertad de pensar, la libertad de escribir, la<br />

libertad de hablar, crean hasta en el bajo pueblo un espíritu de confianza e<br />

interés mutuo, que nosotros apenas podemos comprender”, edic. de 1878,<br />

pág. 156.<br />

(245) CABARRÚS: Cartas, estudio preliminar de José Antonio MARAVALL.<br />

Castellote Editor, Madrid, 1973. En la “Carta al Príncipe de la Paz”,<br />

Cabarrús dice claramente que el único medio de perpetuar las monarquías<br />

es reconciliarlas” con el interés y la voluntad general, o con el<br />

objeto del pacto social”, (pág. 66). En la “Carta Segunda”, se dice que la<br />

sociedad debe a los ciudadanos la más libre comunicación de las luces:<br />

“¿Qué límites debe tener en la sociedad la libertad de las opiniones, de la<br />

palabra y de la escritura que la reproducen? <strong>El</strong> mismo que las acciones; esto<br />

es, el interés de la sociedad. Mi libertad cesa cuando ofendo o al pacto que<br />

me asegura o los demás garantes de ella”, (pág. 123).<br />

(246) Marcelin <strong>DE</strong>FOURNEAUX: Inquisición y censura de libros en la España<br />

del Siglo XVIII. Taurus, Madrid, 1973. Respecto de la eficacia del<br />

filtro inquisitorial, escribe: “Es indudable que un gran número de obras ya<br />

condenadas o susceptibles de serlo por razón de su contenido penetran en la<br />

Península sin ser interceptadas ni siquiera detectadas”. Pág. 71.<br />

(247) Richard HERR: España y la revolución del siglo XVIII. págs. 151 y ss.<br />

(248) MONTESQUIEU: Lettres persanes. LXXVIII, edic. cit.<br />

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