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LA METAMORFOSIS DE LA IDEOLOGÍA - El Corte Inglés

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locales. La parte social abarca un vasto espectro, que va desde el derecho a<br />

la seguridad y a un mínimo de bienestar económico hasta el de compartir<br />

plenamente la herencia social, a través de las diversas instituciones educativas,<br />

sanitarias y de servicios sociales. “En otros tiempos –escribe– fueron tres hilos de<br />

la misma hebra”, pero “la evolución de la ciudadanía implicó un doble proceso de<br />

fusión y separación. La fusión fue geográfica, la separación, funcional… Cuando<br />

se separaron, los tres elementos de la ciudadanía rompieron, por así decirlo, toda<br />

relación. Tan completo fue el divorcio, que, sin violentar demasiado la precisión<br />

histórica, podemos asignar el período formativo de cada uno a un siglo distinto:<br />

los derechos civiles, al siglo xviii; los políticos, al xix; y los sociales, al xx. Como es<br />

natural, habrá que tratar estos períodos con una razonable elasticidad, y hay cierto<br />

solapamiento evidente, sobre todo entre los dos últimos” (20).<br />

Los textos de Marshall, que fueron seguidos de un agudo, aunque parcial<br />

y limitado, análisis histórico, no permiten las simplificaciones de algunos supuestos<br />

paladines de los derechos sociales frente a los derechos civiles. En los<br />

días de la Revolución Francesa, cuando se discute en la Asamblea Nacional la<br />

Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, así como en los<br />

posteriores proyectos y debates de las constituciones girondina y jacobina,<br />

aparecen reivindicados los derechos políticos y sociales. <strong>El</strong> libro de Marcel<br />

Gauchet La Revolución de los derechos del hombre no deja lugar a duda alguna.<br />

De forma rotunda lo dice Sieyés, ya en la presentación de su proyecto<br />

de Declaración de Derechos: “Si tuviéramos que hacer una declaración para<br />

un pueblo nuevo, bastaría con cuatro palabras: igualdad de derechos civiles, es<br />

decir, protección igual de cada ciudadano en su propiedad y en su libertad e<br />

igualdad de derechos políticos, es decir, igual influencia en la formación de la<br />

ley” (21). Los derechos políticos de participación, elección, control, asociación,<br />

estuvieron presentes en múltiples debates de la Asamblea. Y, en cuanto<br />

a los derechos sociales, ocurrió lo mismo. En realidad, desde el momento en<br />

que se concibe una sociedad como constituida por individuos libres, surge la<br />

necesidad de que la sociedad se ocupe de la producción y formación de tales<br />

individuos independientes mediante la preparación educativa correspondiente,<br />

la protección contra la dependencia y la capacitación para subsistir por sí<br />

mismo mediante el trabajo (22). Los derechos a la participación política, a la<br />

educación, a los seguros y al trabajo no son entelequias verbales. Es cierto que<br />

algunos de ellos no pasaron al texto de la Declaración famosa, en parte porque<br />

la Asamblea Nacional, en una decisión de 27 de agosto de 1789, decidió que el<br />

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