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LA METAMORFOSIS DE LA IDEOLOGÍA - El Corte Inglés

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económico y social (45). Y esa es la idea del Estado Social que institucionalizó<br />

en 1949 la Ley Fundamental de la República Federal Alemana.<br />

<strong>El</strong> modelo del Estado Social surgió de una crítica y una reforma de la<br />

sociedad económica liberal, institucionalizada en términos de derecho privado,<br />

sobre todo a través de la propiedad y la libertad de contrato, que se declaraban<br />

como algo autónomo, sometido al mecanismo regulador del mercado,<br />

y separado del Estado como ámbito de realización del bien común.<br />

Ante la experiencia vivida de que la sociedad abandonada a sus mecanismos<br />

autorreguladores, no sólo conduce a graves injusticias sociales, sino también<br />

a la irracionalidad, se hace necesaria la intervención del Estado para neutralizar<br />

los efectos disfuncionales de un desarrollo económico y social no controlado.<br />

Las experiencias de la aplicación eficaz de las políticas keynesianas<br />

en el New Deal de Roosevelt eran un aval claro en el ámbito de la racionalidad<br />

económica. Pero se necesitaba igualmente avanzar por el lado social,<br />

abandonando el énfasis en la justicia conmutativa del estado tradicional,<br />

para dar paso a la justicia distributiva y al papel protector del nuevo Estado<br />

social. A esta función estatal le llamó Forsthoff “previsión de la existencia”, ya<br />

en 1938, concepto que desarrolló posteriormente. Su idea es que el Estado<br />

se ha ido modificando estructuralmente, mediante “el cumplimiento de las<br />

funciones que le fueron llegando en el proceso de desarrollo industrial y de las<br />

que no pudo escapar: la previsión de la existencia y la redistribución social”<br />

(46). Estas funciones han sido incluidas en el nuevo derecho constitucional,<br />

de modo que se reduzcan los riesgos que han de correr los individuos libres,<br />

y se estabilice la sociedad mediante una política social redistribuidora, que<br />

no sólo viene a zanjar o paliar situaciones de necesidad, como ocurría con la<br />

vieja concepción de los socorros y las ayudas protectoras, sino que promueve<br />

la participación del mayor número posible de todas las personas y capas<br />

de la estructura social en el proceso del bienestar.<br />

Esta nueva circunstancia genera efectos preocupantes en la esfera pública y<br />

la privada. En el ámbito público, el Estado Social tiende a devaluar la función<br />

del Parlamento y a concentrar en el Gobierno y la Administración poderes<br />

y competencias excesivas para el equilibrio social. La función capital del Estado<br />

no es sólo la de legislar y juzgar, como ocurrió en algún tiempo, sino<br />

la de actuar y proveer los distintos bienes y servicios del bienestar. <strong>El</strong>lo hace<br />

que “el locus de la decisión –escribe García Pelayo– se traslade a las instancias<br />

gubernamentales y administrativas” (47). La cosa se ve agravada por el control<br />

– 420 –

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