12.04.2013 Views

LA METAMORFOSIS DE LA IDEOLOGÍA - El Corte Inglés

LA METAMORFOSIS DE LA IDEOLOGÍA - El Corte Inglés

LA METAMORFOSIS DE LA IDEOLOGÍA - El Corte Inglés

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

la destrucción mútua. Y es un hecho que el sistema de las Naciones Unidas no<br />

alteró demasiado la lógica del orden westfaliano, que aumentó la autoridad de<br />

los grandes Estados, mediante la arrogación de facultades especiales, como el<br />

poder de veto garantizado a los cinco miembros permanentes del Consejo de<br />

Seguridad. <strong>El</strong>lo dejó a la ONU prácticamente inmovilizada ante una serie<br />

de cuestiones de la máxima trascendencia (58).<br />

De todos modos, el sistema de las Naciones Unidas y de una serie de organizaciones<br />

internacionales, permitió desarrollar, al lado de los Estados,<br />

unas relaciones de coexistencia y de cooperación, que dan lugar a una nueva<br />

concepción del Derecho Internacional. Hace ya algún tiempo, Juan Antonio<br />

Carrillo en un madrugador estudio, Soberanía de los Estados, Organizaciones<br />

Internacionales y Derecho Internacional, indicaba con realismo, que las organizaciones<br />

internacionales no son instancias de autoridad política superiores<br />

a los Estados soberanos y, salvo excepciones expresamente provistas en sus<br />

tratados fundacionales, no tienen competencias para adoptar decisiones jurídicamente<br />

obligatorias para los Estados miembros. Estos salvaguardan su soberanía<br />

como un principio constitucional del Derecho Internacional. Pero no<br />

es menos cierto, dice, que “frente a la clásica concepción voluntarista y relativista<br />

del Derecho Internacional, basada en la soberanía de los Estados y en su consentimiento<br />

como fuente de las obligaciones y de las normas jurídicas internacionales,<br />

el Derecho Internacional contemporáneo ha admitido plenamente la existencia de<br />

normas imperativas, o de ius cogens, y reconocidos por la comunidad internacional<br />

en su conjunto, como orden público de dicha comunidad que prevalece sobre<br />

la voluntad de los Estados”. La concepción de J.A. Carrillo es clarividente, y así<br />

a pesar de sus dificultades, la existencia de normas imperativas del Derecho<br />

Internacional ha ido entrando progresivamente en la doctrina y en la práctica<br />

internacional para dar paso a las ideas de humanidad, justicia y solidaridad,<br />

frente a la omnipotencia de la razón de Estado en el plano interno y de la<br />

omnipotencia de las voluntades estatales en el orden internacional.<br />

<strong>El</strong> sistema de la ONU tiene en su haber varios avances democráticos y desarrollos<br />

políticos, especialmente vinculados al Estado de Bienestar y a la nueva<br />

realidad de las democracias emergentes, tras la caída del Muro de Berlín y el hundimiento<br />

de la Unión Soviética, que apuntan a la posibilidad de un orden nuevo<br />

en los asuntos mundiales. <strong>El</strong> proceso de la globalización a pesar del protagonismo<br />

indiscutible que siguen teniendo los Estados-nación, y de la acumulación de<br />

alarmas e inseguridades que se ciernen sobre los ciudadanos del siglo xxi, puede<br />

– 566 –

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!