09.05.2015 Views

código civil

código civil

código civil

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

TITULO V<br />

DEL" DOMINIO DE LAS COSAS Y DE LOS MODOS DE ADQUIRIRLO<br />

§ 706. - NOCIONES GENERALES SOBRE LA PROPIEDAD<br />

Entre los romanos el derecho de propiedad se ha abierto paso<br />

al través de las vicisitudes que los pueblos sufren en su desen volvimiento<br />

progresivo; primero ha sido el medio bárbaro del pillaje<br />

y del botín; después el jefe de la familia era el único capaz<br />

del dominio, domus ; y finalmente, el individuo adquiere la capacidad,<br />

y la propiedad aparece como la idea de un poder jurídico<br />

el más completo de una persona sobre una cosa. Así es .que el<br />

dominio e.'; el derecho real, en virtud del cual una cosa se encuentra<br />

sometida álavoluntad j;dla acción de una-persona (art. 2506),<br />

(Art. 2506.) Para que haya dominio, es necesario que exista una cosa<br />

material determinada, que se pueda someter ti la voluntad, porque no se<br />

concibe el ejercicio de ciertos actos materiales sobre cosas incorporales.<br />

Así los derechos, como objetos inmateriales, no pueden ser susceptibles<br />

de propiedad, por más que tengan su existencia propia y formen una<br />

parte importante del patrimonio de una persona. l\Iolitor tiene razón<br />

cuando dice: las qumüitntc« renuu, no designadas en su especie como en<br />

su cantidad no podrían ser objeto do una reivindicación, pero no expresa<br />

bien la idea, pues tal como resulta do la expresión sería una cantidad numérica,<br />

como lOO, IO()O, etc., la que no podría reivindicarse, lo que es<br />

evidente; pero eso no ha querido expresar: lo que no se puede reivindicar<br />

son las cantidades de cosas debidas, como lO fanegas de maíz,. lOO<br />

vacas, 1000 pesos, porque sólo constituyen una acreencia y no un derecho<br />

lle propiedad; pero de esto no se deduce, que no sean susceptibles do<br />

propiedad. Cantidades de cosas no determinadas, es sin duda una expre-

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!