09.05.2015 Views

código civil

código civil

código civil

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

DEJ~ DOMIN 10 DE LAS COSAS (ARTS. 2512, 2524) i) 11<br />

de la ley ordinaria para dar lugar á las leyes impuestas por la<br />

fuerza de las cosas, coino sucedería en caso de incendio, inundación,<br />

etc.<br />

§ 71l.-DE LOS MODOS DE ADQUIRIR EJ. nOMINIO<br />

Uno de los primeros medios de adquirir el dominio es la apropiación<br />

(art. 2524, n? 1), que es la aprehensión de la cosa, sin<br />

dueño, con ánimo de poseerla para sí. La idea del título y de la<br />

tradición no se ha presentado al espíritu del hombre, sino en<br />

épocas de ci vilización.<br />

El hallazgo de un tesoro en terreno ajeno, es un verdadero<br />

medio de apropiación para el que lo ha encontrado, porque se<br />

trata de una cosa abandonada; pero. la adquisición de la mitad del<br />

en las inmuebles. Es la autoridad pública que investida de la fuerza, obra<br />

en casos de guerra, incendio, inundaciones para la salvación común.­<br />

Comp. DE~[OLOMBE, IX, n? 564.<br />

Hay otros modos de expropiar las cosas muebles, para evitar las declaraciones<br />

fraudulentas, en que las leyes de aduana autorizan al fisco<br />

para tomar la cosa por el valor declarado por el interesado; en otros casos<br />

se ejerce como una Iimitacióu del dominio, prohibiendo la fabricación<br />

de pólvora ó de armas de tal clase, e·te.<br />

(Art 2524, n" 1.) Esto sólo tiene lugar en las cosas sin dueño, como<br />

los animales salvajes que se cazaren, los pescados, etc., ó las cosas abandonadas<br />

voluntariamente; por consiguiente, no se aplica á los despojos<br />

de los náufragos, que deben ser entregados á sus dueños, si apareciesen.<br />

-FRI

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!