09.05.2015 Views

código civil

código civil

código civil

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

DEI. DOMIXlO DE LAS COSAS (ARTS. 257:>, 2f>73 ) 571<br />

Xo se deben distinguir los acrecentamientos paulatinos qne<br />

sean el resultado de la naturaleza, de aquellos que provienen de<br />

los trabajos ejecutados en la ribera de los ríos, siempre que sean<br />

simplemente defensivos y no ataquen el derecho de los demás ribereños.<br />

El aluvión tiene de característico en qu~ el acrecentamiento<br />

debe hacerse paulatinamente, porque si fuera de una manera<br />

repentina, sería avulsión; sin embargo, se reputará aluvión el<br />

acrecentamiento insensible que se forma bajo las aguas, aunque<br />

aparezca repentiuamente por el retiro de ellas después de una<br />

in uudación.<br />

1'ertenecen también á los ribereños, los ter renos que el curso de<br />

las agllas dejare d descubierto, retirtindose insensiblemente de una<br />

de las riberas hacia la otra (a.rt. 2573), cuando el río no sea navegable,<br />

pues si lo fuera, pertenecería al Estado.<br />

Para que la propiedad acrezca por aluvión, es necesario que el<br />

terreno acrecido esté unido definitivamente, porque si estuviere<br />

separado, por una corriente de agua de cierta importancia, no ha-<br />

IArt. 2573.) Es necesario no confundir el aluvión, que es el acrecentamiento<br />

insensible operado por el depósito de materias arcillosas, con<br />

los aumentos experimentados por la evaporación paulatina del río, ópor<br />

el cambio insensible operado en su corriente, retirándose de una de las<br />

riberas hacia la otra; es lo que se llama en francés reluis, mientras el<br />

verdadero aluvión se llama lni«, y se forma por el depósito paulatino {.<br />

insensible de partículas de terreno que se adhieren á él. El rcln]« puede<br />

tener lugar para los dos terrenos colindantes cuando por la evuporacióu,<br />

el río se estrecha por ambos lados, y á consecuencia de la disminución<br />

do volumen. El Có.Iigo no hace distinción, y cualquier acrecentamiento<br />

paulatino que tengan en sus terrenos los ribereños, lo adquieren por<br />

accesión. sea que las materias se depositen por el río insensiblemente,<br />

sea I¡UO se retire de una ribera á la otra, sea, en fin, que provenga de la<br />

evaporación de las aguas y disminución de su volumen. ~i el río es navegablü<br />

corresponderá al Estado, conclusión que hemos rechazarlo como<br />

cout.r.uin á los principios, pero como ley, debe ser obedecida. - Comp.<br />

CODo l·'HJ\~C~:S, arto :):)7. Arunv :Y RAe, § 203, texto entre las Ilotas 14<br />

.Y Ir>. I)¡.:~IOLmIBE, X, R Y !l. FREITAS~ art, 4153, §§ 20 Y ~1~ tít. 1: lib. 2.,<br />

l"slil,,/I(:oI.-Vimnse nrts. 2572, 2iJ7!1 Y ~;)R().<br />

Sola del DI'. Vetez-Sarsfietd al art, 2.i7.'1. -- Aubry :r Rau, § 211H.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!