09.05.2015 Views

código civil

código civil

código civil

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

DEI, DEPÓSITO (ARTS. 222o, 222(j) 77<br />

4° Por la enajenación que hiciese el depositante de la cosa (1l~poeitada<br />

(art. 2226, n°;1) si la reclamase' el adquireute ; pero<br />

el depositario puede rehusarse á guardar la cosa, si tiene conocimiento<br />

de la enajenación; porque no está obligado á hacer un<br />

beneficio al adquirente.<br />

(Art. 2226, n" 3.) A esta última causa deben agregarse las que hacen<br />

terminar los demás contratos, como 10 enseña con razón Froi tas, arto ~(j(j;),<br />

n? 4; porque en efecto, el depósito se concluye por la novnción, si se<br />

transforma en locación; por la transacción, si es objeto de litigio ó (lo<br />

un arreglo entre las partes; por la confusión si 01 depositario sucede en<br />

los derechos del" d epositante ó si éste sucede en los derechos (le aquel:<br />

por la remisión ó renuncia de los derechos .lel depositante. El art. 7:2-!<br />

debe aplicarse e11 cuanto sea compatible con la uaturalezu dol acto;<br />

agrégase la cansa. del arto 21H4.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!