12.07.2015 Views

Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Segunda instanciaProceso 2008-00025Se critica también el testimonio por su “ortodoxia”, lo que <strong>de</strong> suyo no esun argumento válido para <strong>de</strong>scalificarlo, señalando que ya <strong>de</strong>s<strong>de</strong> 2007esta persona había dado muestras <strong>de</strong> su intención <strong>de</strong> colaborar con lajusticia, y es “…así como apareciendo en la Escuela <strong>de</strong> Caballería, se<strong>de</strong>ci<strong>de</strong> or<strong>de</strong>nar su <strong>de</strong>claración, procediendo <strong>de</strong> conformidad ai<strong>de</strong>ntificarlo y a solicitarle exponga los hechos que conoce bajo lagravedad <strong>de</strong>l juramento…”.Si bien se critica que en la hoja <strong>de</strong> vida <strong>de</strong> esta persona no esté suparticipación en los acontecimientos causa <strong>de</strong> este proceso, tampoco <strong>de</strong>ello dan cuenta las hojas <strong>de</strong> vida <strong>de</strong> Fernando Blanco Gómez o <strong>de</strong>Martínez, que fueron trasladadas al juicio. Al referirse a las ór<strong>de</strong>nes <strong>de</strong>ldía, critica la posición <strong>de</strong>l ministerio público al no darle crédito a laafirmación <strong>de</strong> que esa persona fue combatiente en estos hechos, frentea lo que señala que al no estar relacionado el señor Villamizar en esas,es prueba <strong>de</strong> que sí estuvo en Bogotá en la actividad por él afirmada;situación que corrobora el señor José Ignacio Posada Duarte y tambiénlas comunicaciones que informan la agregación <strong>de</strong> Buque ratón 7. Parael efecto cita las grabaciones <strong>de</strong> Herbin Hoyos, las <strong>de</strong> Ramón Jimeno olas aportadas por el mismo procesado; todo lo cual permite afirmar queesas agregaciones sí las hubo.Que para el Ministerio Público la <strong>de</strong>claración <strong>de</strong> Orlando GalindoCifuentes <strong>de</strong>be valorarse libre <strong>de</strong> prejuicios, empero las pruebasobrantes contradicen su dicho, pues, no podía dar fe <strong>de</strong>l ingreso o no <strong>de</strong>personas a la Escuela porque si salió <strong>de</strong> allí hacia las 5 pm <strong>de</strong>l 6 hacia laPlaza <strong>de</strong> Bolívar ¿cómo da fe <strong>de</strong> lo que pasó en la Escuela en relacióncon personas ingresadas?Ante la calificación <strong>de</strong> monólogo <strong>de</strong> la <strong>de</strong>claración <strong>de</strong> Villamizar, dice quecomo se seguiría con posterioridad, no había razón para habérseleinterrogado en la forma como lo preten<strong>de</strong> el apelante. Ante la crítica a lajueza sobre no haber tenido en cuenta para valorar esa <strong>de</strong>claración conrelación a lo dicho por José Vicente Rubiano, señala que no advierte queen el vi<strong>de</strong>o que registra las caballerizas <strong>de</strong> la Escuela <strong>de</strong> Caballería se111

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!