12.07.2015 Views

Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Segunda instanciaProceso 2008-00025mientras que para la otra, es un reclamo que se le ha hecho a la justicia<strong>de</strong>s<strong>de</strong> 1988.La primera <strong>de</strong> ellas correspon<strong>de</strong> por sus nombres a una <strong>de</strong> las mujeresllevadas a diversas guarniciones militares ese seis o siete <strong>de</strong> noviembre<strong>de</strong> 1985: “ROSA O MARGARITA CASTIBLANCO”. Esta persona era una<strong>de</strong> las empleadas <strong>de</strong> la cafetería cuyos restos se hallaron incinerados enel cuarto piso <strong>de</strong>l Palacio <strong>de</strong> Justicia y a quien se hizo referencia en elaparte introductorio y en especial en el <strong>de</strong> exhumaciones (7.1.2.3.1).La segunda es referida en el casete como “NOHORA ESGUERRA”. Esclaro que se está haciendo alusión a la señora Norma ConstanzaEsguerra, a quien también se ha hecho referencia en esta provi<strong>de</strong>ncia ysu situación es uno <strong>de</strong> los temas <strong>de</strong> <strong>de</strong>bate con la sentencia por parte <strong>de</strong>la <strong>de</strong>fensa <strong>de</strong>l procesado, pues, éste ha insistido que <strong>de</strong>ben buscarse los<strong>de</strong>saparecidos entre los muertos, y cierta razón tiene cuando una <strong>de</strong> laspersonas <strong>de</strong> la cafetería está <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los cadáveres calcinados <strong>de</strong>lcuarto piso <strong>de</strong>l Palacio <strong>de</strong> Justicia y <strong>de</strong> otra que se relaciona con esesitio, porque era proveedora <strong>de</strong> alimentos. De esta persona no se pue<strong>de</strong>afirmar que haya sido <strong>de</strong>saparecida forzadamente, porque es altamenteprobable que en realidad esté sin i<strong>de</strong>ntificar, pues, su caso esprecisamente un punto al que ninguna autoridad judicial ha queridoponer atención, ya que <strong>de</strong>s<strong>de</strong> 1988 sus familiares le están pidiendo alEstado por intermedio <strong>de</strong> la administración <strong>de</strong> justicia, que or<strong>de</strong>ne laexhumación <strong>de</strong>l cadáver <strong>de</strong>l Magistrado Pedro Elías Serrano Abadía yverifique con prueba <strong>de</strong> ADN si es en realidad ése su cadáver o por elcontrario es el <strong>de</strong> ella (ver aparte 7.1.3.2.1.c).Por la incertidumbre en la situación <strong>de</strong> esta persona es que se <strong>de</strong>bióauscultar todo el material probatorio obrante y que se relaciona con elproceso <strong>de</strong> levantamientos, necropsias, reconocimientos, entregas yenvíos a fosa común y las posteriores exhumaciones, lo que arrojó losresultados aquí vistos.686

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!