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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025concluyó que las ór<strong>de</strong>nes ilegales se hacían por canales que no sepodían interceptar. Para el procesado no hay <strong>de</strong>rechos fundamentales nigarantía alguna, incluidos el <strong>de</strong>bido proceso, la presunción <strong>de</strong> inocenciay la carga <strong>de</strong> la prueba.5.1.3.5.2.- Manual <strong>de</strong> Inteligencia <strong>de</strong> Combate. Indica el recurrente queel fallo censura que su <strong>de</strong>fendido hubiese separado a los rehenes (nocapturados) entre hombres y mujeres, señalando que no hay nada <strong>de</strong>irregular, en cuanto a dicha <strong>de</strong>cisión <strong>de</strong>bido, a que todo fue por motivos<strong>de</strong> organización para una mejor i<strong>de</strong>ntificación <strong>de</strong> los rehenes rescatados,no capturados, enfatizando que se equivoca el fallo porque el M.I.C. serefiere al manejo <strong>de</strong> capturados y su <strong>de</strong>fendido estaba dando manejo alos “rescatados”.5.1.3.5.3.- Aparición <strong>de</strong>l Procesado ante los medios <strong>de</strong> comunicación. Sele recrimina a su <strong>de</strong>fendido haberse prestado a dar <strong>de</strong>claraciones a losmedios <strong>de</strong> comunicación, lo cual consi<strong>de</strong>ra un significativo“protagonismo”, contradiciendo <strong>de</strong> esa forma lo contemplado en elManual <strong>de</strong> Inteligencia que dispone que sólo el comandante <strong>de</strong> laBrigada pue<strong>de</strong> suministrar informaciones a la prensa o la radio; <strong>de</strong> locual el juzgado <strong>de</strong>duce que su representado es el responsable <strong>de</strong>locultamiento y posterior <strong>de</strong>saparición <strong>de</strong> esas personas, solamente porhaber vulnerado el manual <strong>de</strong> inteligencia. Se pregunta la <strong>de</strong>fensa ¿elsimple hecho <strong>de</strong> hablar con los medios <strong>de</strong> comunicación <strong>de</strong>muestra la<strong>de</strong>saparición forzada y el ocultamiento?Señala que la única consecuencia <strong>de</strong> ello es que su <strong>de</strong>fendido seconvirtió en la cara <strong>de</strong> la recuperación <strong>de</strong>l Palacio <strong>de</strong> Justicia, en el másconocido <strong>de</strong> los uniformados que participaron en ese evento, por ello la“guerra jurídica” se enfocó en él.Resulta curioso, dice, que el fallo impugnado censura en unas partes asu prohijado por haber hecho parte <strong>de</strong> un supuesto “pacto <strong>de</strong> silencio” o<strong>de</strong> un “ocultamiento”, pero a la vez le recrimina haber hablado ante losmedios <strong>de</strong> comunicación; entonces se pregunta, al fin qué, ¿le era53

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