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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025Cada una <strong>de</strong> ellas, valga <strong>de</strong>cir, Guardia Presi<strong>de</strong>ncial, Escuela <strong>de</strong>Caballería, Escuela <strong>de</strong> Artillería, Grupo Rincón Quiñones y Batallón <strong>de</strong>Policía Militar, tenían una labor operacional que cumplir según la or<strong>de</strong>nimpartida por el Comandante <strong>de</strong> la Brigada. Es así como, el CO (r)PLAZAS VEGA “…en su condición <strong>de</strong> Comandante <strong>de</strong> la Escuela <strong>de</strong>Caballería al igual que los otros Comandantes <strong>de</strong> unidad participanteslas ór<strong>de</strong>nes hicieron referencia al ingreso inicialmente al Palacio <strong>de</strong>Justicia, facilitando y protegiendo las tropas participantes y a loselementos <strong>de</strong> Policía que ayudaban en esa operación y a medida que ibaprogresando la acción <strong>de</strong> recuperación rescatar y evacuar <strong>de</strong> talesinstalaciones a las personas particulares que iban siendo liberadas parasu procesamiento y ayuda, como estaba establecido en cabeza <strong>de</strong> laSección B2 <strong>de</strong>l Estado Mayor. Por esa razón las tropas <strong>de</strong> la Escuela <strong>de</strong>Caballería cumpliendo tales instrucciones y estando ubicadaspuntualmente en el costado norte <strong>de</strong> la Plaza <strong>de</strong> Bolívar apoyaron elacceso al palacio con los vehículos blindados <strong>de</strong> su dotación y luegofueron protegiendo la entrada <strong>de</strong> las otras unida<strong>de</strong>s y participando en laevacuación hacia la Casa <strong>de</strong>l Florero <strong>de</strong> aquellas personas que fueronsiendo rescatadas y permaneciendo en el área asignada hasta laculminación <strong>de</strong> la operación el día 7 <strong>de</strong> noviembre en las horas <strong>de</strong> latar<strong>de</strong>. Las ór<strong>de</strong>nes se refirieron a establecer su dispositivo con loselementos blindados en el área indicada, participar en el ingreso yprotección al Palacio, hacer presencia <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> él hasta cuando lascircunstancias obligaron a retirar los vehículos por razón <strong>de</strong> suprotección y <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la parte externa colaborar con el resto <strong>de</strong> elementos<strong>de</strong> la Brigada para rescatar, custodiar y conducir las personas liberadasentregándolas en la Casa <strong>de</strong>l florero al B2 <strong>de</strong> la Brigada. Esta fue lamisión que durante todo el tiempo estuvo <strong>de</strong>sarrollando la Escuela <strong>de</strong>Caballería hasta cuando regresó a sus instalaciones con sus efectivos ydotaciones <strong>de</strong> vehículos propios <strong>de</strong> su especialidad…” 911 .911 Declaración <strong>de</strong> Jesús Armando Arias Cabrales el 23 <strong>de</strong> marzo <strong>de</strong> 2007 C. N° 13 FL. 206 y 207.798

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