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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025haciéndose énfasis en la participación en la operación <strong>de</strong>l aquíprocesado, quien ostentaba el grado <strong>de</strong> Teniente Coronel y era elComandante <strong>de</strong> la Escuela <strong>de</strong> Caballería.Se preten<strong>de</strong> con esta presentación conocer <strong>de</strong> mejor forma cómo se<strong>de</strong>sarrollo esa respuesta institucional, que autorida<strong>de</strong>s participaron, quéfunciones cumplió cada una <strong>de</strong> ellas, y en forma puntual, tener unconocimiento lo más cercano posible a la realidad sobre los sucesos ysus protagonistas. Lo anterior por cuanto aun cuando la sentencia tocaalgunos aspectos sobre el tema, lo hace en forma tal que no permitetener la claridad que se necesita para establecer la responsabilidad <strong>de</strong>laquí procesado en la <strong>de</strong>saparición <strong>de</strong> la miembro <strong>de</strong> la organizaciónguerrillera M19, Irma Franco Pineda.En el fallo se aducen argumentos sobre los que se construyen diferentesjuicios jurídico-procesales <strong>de</strong> materialidad y responsabilidad que, enrealidad, no soportan el más sencillo estudio probatorio, porque sonvacíos e inconsistentes entre sí. Un ejemplo se ha dado con los diez<strong>de</strong>saparecidos forzados <strong>de</strong> quienes no hay una sola prueba que permitaafirmar la materialidad y existencia <strong>de</strong> la conducta que se le imputa alprocesado, pues se partió <strong>de</strong> la base <strong>de</strong> que probada una <strong>de</strong>sapariciónforzada, las <strong>de</strong>más también lo estaban.Es solamente a partir <strong>de</strong> tal claridad que se pue<strong>de</strong>n hacer juicios comoel <strong>de</strong> responsabilidad, porque, <strong>de</strong> lo contrario, al partirse <strong>de</strong>imprecisiones a lo único que se pue<strong>de</strong> llegar es a una misma clase <strong>de</strong>formulaciones. Esto es lo que se evi<strong>de</strong>ncia suce<strong>de</strong> en la sentencia con elgran po<strong>de</strong>r <strong>de</strong> mando <strong>de</strong>l CO (r) PLAZAS VEGA, su calidad <strong>de</strong>comandante <strong>de</strong> la operación <strong>de</strong> recuperación <strong>de</strong>l Palacio <strong>de</strong> Justicia, sucontrol sobre las unida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> inteligencia, su actividad en ejercicio <strong>de</strong>esa función (similar proposición la contienen los falsos documentos quese estudiaron en el aparte <strong>de</strong>l señor Carlos Rodríguez Vera, como elcasete o las llamadas a los familiares sobre los miembros <strong>de</strong>l B2subordinados al Comandante <strong>de</strong> la Escuela <strong>de</strong> Caballería) y su capacidad772

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