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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025<strong>de</strong>saparecidos forzosamente por ser sospechosos <strong>de</strong> ser guerrilleros, loque no se <strong>de</strong>snaturaliza por el hecho <strong>de</strong> haber sido liberados antes <strong>de</strong>24 horas.De modo que el procesado tenía conocimiento <strong>de</strong> la salida <strong>de</strong> losrehenes <strong>de</strong>l Palacio <strong>de</strong> Justicia, pero a<strong>de</strong>más sabía <strong>de</strong> los rehenesespeciales y <strong>de</strong>l trato diferente que se les prodigaba. No es razonableque en una estructura tan jerarquizada y con tanto sujeción al mando,los inferiores etiquetaran <strong>de</strong> especiales o sospechosos a ciertos rehenes,como éstos, y no le informaran al Coronel PLAZAS VEGA sobre ello,cuando en realidad esa era la información más sensible <strong>de</strong> todas y laque se pretendía establecer en la Casa <strong>de</strong>l Florero.El Coronel PLAZAS VEGA mantuvo su <strong>de</strong>sempeño como responsable <strong>de</strong>la salida <strong>de</strong> rehenes también el día 7 <strong>de</strong> noviembre, y aunque el peso <strong>de</strong>la operación militar ese día podía estar en la Escuela <strong>de</strong> Artillería, comoél mismo lo afirma, lo era referente al combate con los reductos <strong>de</strong>guerrilleros que resistían dicha operación <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l Palacio <strong>de</strong> Justicia,según se aprecia en las comunicaciones entre Arcano 5 y Arcano 6grabadas por los radioaficionados, en cuanto a que el entonces MayorCARLOS ALBERTO FRACICA NARANJO <strong>de</strong> la Escuela <strong>de</strong> Artillería estaba <strong>de</strong>ntro<strong>de</strong>l edificio judicial combatiendo junto con su tropa, con el apoyo <strong>de</strong>lBatallón Guardia Presi<strong>de</strong>ncial en el 4° piso. Pero <strong>de</strong> la labor <strong>de</strong> salida <strong>de</strong>rehenes con <strong>de</strong>stino a la Casa <strong>de</strong>l Florero no se registra ningunavarianza respecto <strong>de</strong>l procedimiento que se siguió el día anterior, enparticular cuando se dice que el personal <strong>de</strong> la Escuela <strong>de</strong> Caballeríapermaneció en el teatro <strong>de</strong> los hechos hasta que terminó la operación.Es cierto que los rehenes que salían liberados <strong>de</strong>l Palacio <strong>de</strong> Justiciahacia la Casa <strong>de</strong>l Florero eran entregados en el primer piso <strong>de</strong> esta se<strong>de</strong>a personal que estaban bajo el mando <strong>de</strong>l Coronel SÁNCHEZ RUBIANO,quienes cumplían, no funciones operativas sino <strong>de</strong> inteligencia. Perotambién se ha explicado que la catalogación <strong>de</strong> rehenes como“especiales” se venía haciendo <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el Palacio <strong>de</strong> Justicia, y en algunoscasos se hizo durante el mismo trayecto hasta la Casa <strong>de</strong>l Florero,532

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