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Fallo completo - Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Segunda instanciaProceso 2008-00025sentencia generan dudas e incertidumbre porque no está ello<strong>de</strong>bidamente acreditado:a.- Se produjo un incendio el 6 <strong>de</strong> noviembre <strong>de</strong> 1985 iniciado por elM19, muriendo varios rehenes en el 4º piso, quedando los cuerposincinerados. Por tanto, la i<strong>de</strong>ntificación es incierta, toda vez que no setenía la técnica <strong>de</strong>l ADN, haciéndose el reconocimiento e i<strong>de</strong>ntificación<strong>de</strong> los cuerpos sólo por prendas y joyas.b.- El manejo <strong>de</strong> la escena <strong>de</strong>l <strong>de</strong>lito se llevó a cabo acor<strong>de</strong> a la época,pues no había manuales <strong>de</strong> ciencia forense que estableciera losprocedimientos a seguir, pues estaban hasta ahora en <strong>de</strong>sarrollo. Portanto, el manejo no fue idóneo, sin que se pueda <strong>de</strong>cir que ello obe<strong>de</strong>cióa planes <strong>de</strong> ocultamiento, como se afirma, ni mucho menos huboencubrimiento o pactos <strong>de</strong> silencio.c.- Su <strong>de</strong>fendido no tuvo participación alguna en los procedimientosrelativos al manejo <strong>de</strong> la escena <strong>de</strong>l crimen, incluyendo el levantamiento<strong>de</strong> cadáveres, pues a más <strong>de</strong> ello no estaba en lugar, dado que noexiste prueba <strong>de</strong> lo contrario.d.- Reconocimiento e i<strong>de</strong>ntificación. Las necropsias, reconocimiento <strong>de</strong>cadáveres e inhumación, si bien no fueron idóneos, los cuerpos seentregaron con fundamento en reconocimientos informales, en loscuales no participó su prohijado.Lo anterior se refuerza con la duda que existe en cuanto a si el cuerpoque se entregó a la familia <strong>de</strong>l magistrado Pedro Elías Serrano era enrealidad el <strong>de</strong> Norma Constanza Es guerra (<strong>de</strong>saparecida); pues, comoobra en el proceso, se consignó en la respectiva acta que se trataba <strong>de</strong>un cadáver femenino totalmente incinerado, junto al cual se hallaronjoyas y pertenencias <strong>de</strong> la misma; no obstante lo anterior, fueentregado a la familia <strong>de</strong>l magistrado Serrano. Aña<strong>de</strong> que no se hizo elreconocimiento mediante ADN, como se solicitó insistentemente ante lainstancia.36

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